Logo

SILVA, VERONICA LORENA c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora demandó por prestaciones dinerarias por accidente de trabajo. La Cámara confirmó la condena principal pero modificó la actualización e intereses: dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad del art.7 ley 23.928 y ordenó actualizar por RIPTE según DNU 669/2019 con interés moratorio puro del 6% anual.

Riesgos del trabajo Actualizacion Ripte Dnu 669/2019 Ley 24.557 Inconstitucionalidad art.7 ley 23.928 Interes moratorio 6% Costas Honorarios Art.132 l.o.


¿Quién es el actor?

VERÓNICA LORENA SILVA (actora).

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ART S.A. (aseguradora/accionada).
- Objeto de la demanda: reclamo de prestaciones dinerarias por incapacidad derivada de accidente de trabajo ocurrido el 30/09/2014 (incapacidad física 5,6%).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de grado en lo principal (condena por $61.139,16 fijada en grado a valores de 30/09/2014) y, en cuanto a actualización e intereses, la modificó: dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad del art. 7° de la ley 23.928 y dispuso que la acreencia diferida a condena se cuantifique con ajuste por RIPTE según DNU 669/2019, más un interés moratorio puro del 6% anual; impuso costas a la demandada y confirmó y reguló honorarios conforme lo dispuesto en la parte resolutiva.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Al crédito objeto de la controversia le resulta aplicable el régimen establecido por el artículo 12 de la ley 24.557 según el texto del decreto del PEN 669/19, el que dispone una valorización de la acreencia mediante el índice salarial RIPTE (Remuneración Imponible para Trabajadores Estables)." "Corresponde dejar sin efecto la declaración de inconstitucionalidad de la ley 23.928 (art. 7º) y ley 25561 (art. 4º) porque, reitero, el régimen de riesgos de trabajo de la ley 24.557 tiene un sistema especial de acreencias, asidas al RIPTE, de acuerdo a lo establecido por su art.12 según texto del DNU 669/2019." "Al cálculo provisional del capital que se fijó en grado ($61.139,16), que fue expresado a valores vigentes a la fecha del accidente (30.09.2014)... se actualizará por RIPTE, desde esa fecha (30.09.2014) hasta la fecha en que se liquide el crédito definitivo en la etapa del art.132 de la ley 18.345. Al capital así obtenido se le sumará un interés moratorio puro del 6% anual desde la fecha del accidente (30.09.2014) y hasta la fecha en que se practique en primera instancia la liquidación de la prestación dineraria (art.2°, ley 26.773)." "Por ello, es que, sin perjuicio de lo establecido en la doctrina de la Corte Suprema... corresponde aplicar el régimen especial del decreto 669/2019 dado que... las indemnizaciones tarifadas por la ley de riesgos del trabajo... tienen un sistema especial de valorización."
- Disidencias: no se registra voto en disidencia; ambos votos de la Sala (Vázquez y Hockl) adhieren al acuerdo mayoritario plasmado en la parte dispositiva.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar