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CONTRERAS, ANTONIO MARTIN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Recurso por indemnización por incapacidad laboral derivada de accidente in itinere. La Cámara confirmó la sentencia apelada, imponiendo las costas de alzada a la demandada y regulando honorarios de la representación letrada en el 30% de lo que les corresponda percibir por su actuación en la instancia previa.

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¿Quién es el actor?

Antonio Martín Contreras.

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: Recurso contra Disposición de Alcance Particular de la Comisión Médica Jurisdiccional N°10 que fijó incapacidad laboral (2,20% T.O.); se reclamó mayor incapacidad y consecuente indemnización por accidente ocurrido el 16/08/2022 (caída por pisar un pozo al correr hacia un colectivo).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala I, confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo que fue materia de recurso y agravios; además impuso las costas de alzada a cargo de la demandada y reguló los honorarios de la representación letrada de las partes en el 30% de lo que les corresponda percibir por su actuación en la instancia previa.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): 1) "Por lo expuesto, de prosperar mi voto, correspondería: 1) Confirmar la sentencia apelada en todo lo que ha sido materia de recurso y agravios; 2) Imponer las costas de Alzada a cargo de la demandada y regular los honorarios de la representación letrada de las partes en el 30% de lo que les corresponda percibir como retribución por su actuación en la instancia previa." (voto de la Dra. Hockl, adhesión de la Dra. Vázquez). 2) Sobre criterios aplicables a intereses y actualización: "las Actas dictadas por esta Cámara no son vinculantes: queda a criterio de los magistrados y de las magistradas evaluar su pertinencia en los casos que les son sometidos a juzgamiento". 3) Respecto de la aplicación del DNU 669/19 y la postura inicial de la votante: "consideré –aún lo hago– que resulta improcedente aplicar las pautas indemnizatorias establecidas en el DNU nº 669/19", aunque finalmente adhirió al criterio mayoritario por razones de celeridad procesal.
- Votos en disidencia: No hubo voto en disidencia que altere lo decidido por mayoría; la Dra. Hockl dejó expresada su opinión en contrario sobre la constitucionalidad del DNU 669/19 pero adhirió al criterio mayoritario y, en consecuencia, al acuerdo que confirma la sentencia apelada.

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