BENITEZ, DARIO ABRAHAN c/ TEXTIL TRI ARS S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
Reclamación por accidente de trabajo e incapacidad. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia en lo principal al rechazar la demanda por insuficiencia probatoria, pero modificó la regulación de honorarios de la perito médica elevándolos a $433.965 y ordenó costas y la regulación del 30% para las representaciones letradas.
¿Quién es el actor?
Benitez Darío Abraham.
¿A quién se demanda?
TRI ARS S.A. y otro.
- Objeto de la demanda: Reclamación por accidente de trabajo y consecuencias de incapacidad derivada del supuesto episodio ocurrido el 12/1/2017.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó el decisorio de primera instancia en lo principal (rechazo de la demanda por insuficiencia probatoria respecto del accidente y la vinculación causal) y, en forma parcial, se modificó la sentencia de grado para elevar los honorarios de la perito médica a $433.965 (equivalente a 7 UMA de $61.995 a valores de la sentencia de origen). Asimismo, se impusieron las costas originadas ante la Alzada por su orden y se reguló, por los trabajos efectuados en la Alzada, el 30% de lo que corresponda percibir a cada representación letrada por los trabajos desarrollados en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes):
"La sentencia de primera instancia que rechazó la demanda, de fecha 19 de Diciembre de 2024, ha sido apelada por la parte actora... El cuestionamiento articulado por la parte actora en lo que refiere al asunto de fondo, en mi opinión, no ha de obtener favorable recepción... lo sostenido por el apelante no logra conmover la adecuada solución desestimatoria adoptada en la anterior instancia por el Sr. juez de origen... no logró desvirtuar la razonada conclusión dada en la sentencia de grado en lo concerniente a la valoración de la aludida prueba testimonial..."
"Tampoco puedo soslayar que lo dictaminado por la profesional de la salud constituye un extremo por sí solo insuficiente a los fines pretendidos en el sentido solicitado por el reclamante dado que dicha sola prueba es ineficaz a los fines de tener por probado el accidente invocado..."
"En lo que atañe a la cuestión de los honorarios, teniendo en cuenta el mérito, labor e importancia de los trabajos profesionales desarrollados en la anterior instancia, evaluados en el marco del valor económico del litigio, considero que los honorarios regulados a la perito médica lucen bajos por lo que propongo elevarlos a la suma de $ 433.965 (Pesos cuatrocientos treintaitrés mil novecientos sesenta y cinco) que equivale a 7 UMA de $ 61.995 considerado en la sentencia de origen a valores de dicha época..."
- Votos/diferencias: El Dr. Roberto C. Pompa formuló el voto principal justificando la confirmación y la modificación de honorarios; el Dr. Alvaro E. Balestrini adhirió al voto. No consta disidencia.
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