PAZ CLAUDIO HERNAN c/ SWISS MEDICAL ART S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor reclamó indemnización por incapacidad derivada de enfermedad profesional contra las aseguradoras ART. El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°69 hizo lugar parcialmente a la demanda: condenó a SWISS MEDICAL ART S.A. a pagar $235.000,22 más actualización e intereses a los derechohabientes y rechazó la demanda contra GALENO ART S.A., por entender acreditada la incapacidad del 20% y vigente la cobertura de Swiss al momento del toma de conocimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: PAZ CLAUDIO HERNAN (en autos sus derechohabientes por fallecimiento del actor).
Demandado: SWISS MEDICAL ART S.A. y GALENO ART S.A.
Objeto: indemnización por incapacidad derivada de enfermedad profesional (afecciones columnares: lumbociatalgia; lipoma en cuello; daño psicológico) conforme Ley 24.557.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda contra SWISS MEDICAL ART S.A. y se la condenó a abonar a los derechohabientes la suma de $235.000,22 más la actualización y los intereses dispuestos; se rechazó la demanda contra GALENO ART S.A.; se impusieron costas a SWISS MEDICAL ART S.A. y se regularon honorarios conforme el fallo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- Sobre inconstitucionalidad del art. 46 L.24.557: "corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 46 de la ley 24.557, en tanto el mismo afecta los principios del juez natural y de acceso a la justicia... impiden al trabajador ocurrir ante un órgano independiente para exigir la reparación de sus infortunios, restringiendo el acceso a la justicia... y vedando el derecho a reclamar, en consecuencia, ante jueces naturales mediante el debido proceso".
- Informe pericial y conclusión sobre incapacidad: el perito concluyó: “1. Que el señor PAZ, Claudio Hernán padece en carácter secuelar al accidente padecido: Lumbociatalgia, con alteraciones clínicas y radiográficas y/o electromiográficos leves a moderados; y Reacción Vivencial Anormal Neurótica con manifestación Depresiva, grado II... 2. Que existe una relación causal y agravante entre el proceso denunciado en autos y las secuelas del mismo... Que, aplicando los Factores de Ponderación que ordena la mencionada Ley, presenta una INCAPACIDAD PARCIAL Y PERMANENTE DELVEINTITRÉS COMA OCHO POR CIENTO (23,8 %) ...”
- Valoración judicial de la prueba médica y fijación del porcentaje: "analizados todos estos elementos a la luz de la sana crítica... concluyo que el actor fue portador de una una incapacidad psicofísica parcial y permanente del 20 % de la TO (10% incapacidad física y 10% incapacidad psicológica) , lo que así decido."
- Sobre la prueba testimonial y acreditación de tareas: se transcribe párrafo de Lemos Antonio y Gianini Leonardo Ezequiel describiendo tareas en depósito, manipulación de bultos y jornada de trabajo; el juez sintetiza: "tendré por acreditadas las tareas generadoras de los daños en la salud del actor y la toma de conocimiento de aquellas en la fecha que denunció en la demanda (noviembre de 2013)."
- Cálculo del resarcimiento: "Para ello tengo en cuenta la suma de $ 11.692,95 ... y, por lo tanto, le corresponde al actor un total de $ 235.000,22.
- que surge de aplicar la fórmula establecida por la ley 24.557 (53 x $11.692,95 x 65/41 x 20% =$ 195.833,52 + 20% art.3 Ley 26.773= $ 39.166,70.-), lo que así decido."
- Sobre actualización e intereses: el tribunal indicó la metodología conforme precedentes de la CSJN y fijó intereses desde la exigibilidad (15.11.2013) a la "tasa de interés Activa (conforme Acta 2658), incrementada en un 37,5%", con capitalización a la notificación de la demanda y devengamiento hasta efectivo pago.
- Sobre responsabilidad y legitimación pasiva: "siendo ésta accionada la que mantenía contrato vigente al momento de los hechos aquí ventilados, deberá responder en los términos de la Ley 24.557... habrá de rechazarse la demanda instaurada contra GALENO ART S.A. (cfr. art. 726 CCCN)."
- No hubo votos en disidencia relevantes consignados en el expediente aportado.
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