CABAÑA, CARLOS IVAN c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Reclamó indemnización por incapacidad derivada de un accidente de trabajo in itinere tras un asalto; pidió liquidación por incapacidad psicofísica. El Juzgado hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del art. 46 de la ley 24.557, reconoció una incapacidad del 16,3% y condenó a EXPERTA ART S.A. a pagar $173.779,07 más intereses y costas.
¿Quién es el actor?
CABAÑA CARLOS IVAN.
¿A quién se demanda?
EXPERTA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Cobro de indemnización por incapacidad derivada de un accidente de trabajo in itinere (asalto sufrido el 25/11/2016), con liquidación practicada por el actor y reconocimiento de incapacidad psicofísica.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a EXPERTA ART S.A. a abonar al actor la suma de $173.779,07 mediante depósito judicial dentro del quinto día de quedar firme la liquidación a practicarse; más los intereses previstos en el fallo. Asimismo, se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios profesionales y periciales conforme se expresa en la parte resolutiva.
Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
- Sobre inconstitucionalidad del art. 46 L. 24.557: "corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 46 de la ley 24.557, en tanto el mismo afecta los principios del juez natural y de acceso a la justicia... el art. 46 de la ley 24.557, al establecer la obligatoriedad de una instancia previa de trámite y duración inciertos, constituida tanto por la intervención de la autoridad de aplicación en materia laboral, como por la esencial actuación de las comisiones médicas, impiden al trabajador concurrir ante un órgano independiente para exigir la reparación de sus infortunios, restringiendo el acceso a la justicia, excluyendo a la justicia del trabajo y vedando el derecho a reclamar, en consecuencia, ante jueces naturales mediante el debido proceso..."
- Sobre acreditación del siniestro e incapacidad: "no encontrándose acreditado que haya rechazado en tiempo y forma el accidente reclamado, debe considerarse acreditado que, el día 25.11.2016, el accionante sufrió el accidente que dio origen a estos actuados... el perito médico presentó su informe ... 'El actor CABAÑA CARLOS IVAN, presenta limitaciones funcionales de la mano derecha (mano hábil) a la movilidad de la articulación metacarpo falángica del cuarto dedo como consecuencia de una lesión traumática por aplastamiento. Utilizando los criterios de evaluación de la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales decreto 659/96, el actor presenta una incapacidad física parcial y permanente en este rubro del 3 % de la total. ... A nivel psicopatológico presenta una reacción vivencial anormal neurótica con manifestaciones depresivas de grado II que genera en este rubro una incapacidad del 10 % de la total.' ... 'Atento a lo solicitado por la parte actora se procede a adicionar los Factores de Ponderación: 1-Dificultad para tareas habituales: Leve 10 % (10 % de 13 %): 1.3 % ... TOTAL: 16.3 % DE INCAPACIDAD PSICOFÍSICA PARCIAL Y PERMANENTE.'"
- Sobre monto y cálculo: "Para ello tengo en cuenta la suma de $ 6.189,43 (conforme el valor del IBM calculado en base a lo informado por la Sra. Actuaria a fs.108) y, por lo tanto, le corresponde al actor un total de $ 173.779,07.-, que surge de aplicar la fórmula establecida por la ley 24557 (53 x $ 6.189,43 x 65/20 x 16,3%), lo que así decido."
- Sobre intereses y metodología: "El monto resultante, seguirá devengando intereses a esta tasa (Activa – Acta 2658 incrementada en un 37,5%) hasta el efectivo pago... La metodología para el cálculo, entonces, será la siguiente: al monto de condena se le calcularán intereses conforme el Acta 2658 de la Excma. CNAT y empalmes anteriores (tasa Activa), hasta la fecha de notificación de la demanda. El monto de intereses resultante se incrementará en un 37,5%... El monto resultante (monto de condena + intereses Tasa Activa incrementados en un 37,5%), llevará intereses a la tasa dispuesta (Tasa Activa incrementada en un 37,5%) desde la notificación de la demanda y hasta el efectivo pago."
- Sobre costas y honorarios: "Las costas deberán ser soportadas por la demandada en su carácter de vencida (art.68 CPCCN). ... regular los honorarios correspondientes ... en; $ 1.830.100 ... $ 1.464.080 ... $ 878.448 ... y $ 732.040 ... por todas las tareas realizadas con relación a estos autos y con más el I.V.A. en caso de corresponder."
(No hubo votos en disidencia en la sentencia de primera instancia.)
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