Logo

VERA, CRISTIAN PABLO c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Accidente de trabajo (ART) reclamado por el actor por incapacidad y prestaciones dinerarias. La Cámara modificó parcialmente la sentencia: ordenó ajustar el capital de condena ($639.489,86) desde el 1/4/2019 conforme al decreto 669/19, dejó sin efecto las imposiciones de costas y regulaciones anteriores y fijó nuevas regulaciones de honorarios y costas a cargo de la demandada.

Accidente de trabajo Ley 24.557 Actualizacion monetaria Decreto 669/19 Intereses Ripte Costas Honorarios Uma Art


¿Quién es el actor?

VERA, Cristian Pablo (actor demandante).

¿A quién se demanda?

SWISS MEDICAL ART S.A. (aseguradora/ART demandada).
- Objeto de la demanda: reclamo por accidente de trabajo (Ley especial) y liquidación de prestaciones dinerarias por incapacidad (art. 14 ap. 2 a) ley 24.557 y art. 3 ley 26.773), intereses y actualización del capital; impugnación de regulaciones de honorarios (perito médico y letrados).

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia apelada y dispuso que, desde el 1/04/2019, el capital de condena ($639.489,86) sea ajustado de conformidad con lo dispuesto en el decreto 669/19 y lo establecido en los considerandos. Dejó sin efecto la imposición de costas y las regulaciones de honorarios practicadas en la instancia anterior; impuso las costas de ambas instancias a la parte demandada; reguló los honorarios de la representación letrada de la parte actora en $3.074.568 (42 UMAS), de la demandada en $2.562.140 (35 UMAS) y del perito médico en $1.317.672 (18 UMAS), conforme a la Acordada/Resolución SGA 1432/2025 (UMA $73.204 desde mayo de 2025); además reguló que los honorarios por la actuación en alzada de la parte actora serán el 30% de lo que perciban por la instancia anterior. Se ordenó cumplimiento de ley 26.856 art.1 y Acordada CSJN Nº15/2013 cuando corresponda.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "La sentencia definitiva de fs. 341/6 que hizo lugar a la demanda, suscita la queja que interpone la parte actora... El Sr. Juez a quo tuvo por acreditado que, como consecuencia del infortunio de fecha 01/04/2019, el actor sufre una incapacidad del orden del 26% de la T.O... fijó la prestación dineraria... en la suma de $ 639.489,86." "Por lo antedicho respecto a la actualización monetaria, ratifico plenamente la aplicación de la misma... la actualización procura mantener el valor adquisitivo del capital... Los intereses tienen como finalidad el resarcimiento que se debe dar al acreedor por el daño producido... Por lo tanto, ambas figuras no constituyen una sinonimia una de la otra, sino que, por el contrario, se complementan..." "A fin de evitar un dispendio jurisdiccional, y conforme el criterio de la mayoría del Tribunal, propongo disponer que el capital de condena, esto es, la suma de $ 639.489,86 sea ajustado, desde el 1/04/2019, de conformidad con el decreto 669/19 en los términos señalados en los considerandos del voto del Dr. Perugini... propongo que el capital sea actualizado, desde el 1/04/2019 mediante índice RIPTE hasta la etapa prevista en el art. 132 y con posterioridad disponiendo que, en caso de incumplimiento... se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina... acumulándose los intereses al capital en forma semestral, según lo establecido en el artículo 770 del Código Civil y Comercial de la Nación (conf. art. 12 inc.3ro ley 24.557 modificado por el decreto 669/19)." "Ante el nuevo resultado del litigio que propicio, y lo normado por el art. 279 del CPCCN, corresponde dejar sin efecto la imposición de costas y las regulaciones de honorarios practicadas en la instancia anterior... Propongo que las costas de ambas instancias, sean soportadas por la parte demandada (art. 68)... propongo regular los honorarios... de conformidad con la Acordada de la Resolución SGA 1432/2025, que fijó el valor del UMA... Los mismos serán satisfechos por la parte demandada dentro de los diez (10) días de quedar firme el presente pronunciamiento (art. 54 de la ley 27423)."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; el Dr. Perugini adhiere al voto de la Dra. Cañal y el acuerdo expone la modificación parcial indicada.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar