CORREA, LEONEL ANGEL c/ FEDERACION PATRONAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Recurso contra resolución de Comisión Médica por inexistencia de incapacidad liébrico contra la aseguradora. La Cámara modificó la imposición de costas imponiéndolas en el orden causado en ambas instancias y confirmó los honorarios del perito médico (4 UMA).
¿Quién es el actor?
Correa Leonel Ángel (actor).
¿A quién se demanda?
Federación Patronal ART S.A. (aseguradora).
- Objeto de la demanda: Recurso previsto en ley 27.348 contra la resolución de la Comisión Médica n° 10 que determinó la inexistencia de incapacidad derivada de un accidente de tránsito; impugnación de costas y apelación por los honorarios del perito médico.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia apelada respecto de las costas, disponiendo que "serán soportadas en el orden causado en ambas instancias", y confirmó los honorarios del perito médico.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"I) El actor apela la sentencia de primera instancia que rechazó su recurso contra la resolución de la Comisión Médica n° 10 que determinó la inexistencia de incapacidad derivada del accidente de autos. A su vez, la demandada apela por altos los honorarios del perito médico."
"II) El accionante cuestiona exclusivamente la imposición de costas y anticipo que, a mi juicio, la queja merece trato favorable.... A mérito de esas circunstancias, entiendo que el trabajador pudo considerarse asistido de mejor derecho para litigar, lo que justifica distribuir las costas en el orden causado (art. 68, 2ª parte, Cód. Procesal). Sugiero entonces modificar el pronunciamiento en este aspecto, e imponer de igual manera las costas de la alzada."
"III) En atención al mérito e importancia de los trabajos realizados, los emolumentos regulados al perito médico (4 UMA) no lucen excesivos (en realidad, corresponden al mínimo arancelario), por lo que sugiero confirmarlos."
- Votos y mayorías: El voto del Dr. Héctor C. Guisado expuso y propuso (ver citas precedentes); la Dra. Silvia E. Pinto Varela adhirió "por análogos fundamentos". El acuerdo final corresponde a la mayoría y quedó plasmado en la parte resolutiva transcripta, sin disidencias consignadas.
- Montos/fechas relevantes: Honorarios del perito médico fijados en 4 UMA. Fecha de la sentencia/acuerdo: 15/07/2025; firma 04/08/2025; alta en sistema 21/08/2025.
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