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BOCIANOWSKI, ALBERTO ORLANDO c/ RAIZEN ARGENTINA S.A.U. Y OTRO s/DESPIDO

El actor impugnó el despido y reclamó diversas indemnizaciones laborales; la Cámara confirmó la mayor parte de la sentencia de grado y sólo modificó la regulación de honorarios elevando los de la representación del actor a 19,05 UMA. La Cámara sostuvo que la conducta del actor acreditó justa causa y que correspondía imponer las costas de alzada a su cargo.

Despido Justa causa Honorarios Uma Costas de alzada Ley 27.423 Lct art. 80 Indemnizaciones Apelacion Sm combustibles srl


¿Quién es el actor?

Bocianowski Alberto Orlando.
- Demandados: Raízen Argentina SAU y SM Combustibles SRL (codemandada).
- Objeto de la demanda: Reclamación por despido (s/indemnizaciones laborales, cuestionamiento de la justa causa y diversas indemnizaciones previstas en ley 25.323, DNU 34/19 y art. 80 LCT); impugnación de la cuantía de honorarios de la representación letrada del actor.

¿Qué se resolvió?

Se elevan los honorarios de origen de la representación letrada del actor a 19,05 UMA (valor UMA $68.985); se confirma lo restante que fue materia de recursos y agravios (esto incluye la declaración de que el despido se produjo con justa causa y el rechazo de las indemnizaciones reclamadas en ese marco); se imponen las costas de alzada a cargo del actor; y se regulan los honorarios de esta instancia de las representaciones letradas del actor y de la codemandada SM Combustibles SRL en el 30% de las sumas que les corresponda percibir por lo actuado en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "En este orden de ideas, concluyo que se encuentra acreditado que el despido obedeció a una justa causa, pues el comportamiento del actor corroborado en autos resultó de gravedad tal que justificó la extinción del vínculo, por lo que sugiero desestimar la queja planteada a su respecto." "VI. De conformidad con las tareas desarrolladas, y las pautas que emergen de la ley 27.423 y del art. 38 de la L.O., propongo hacer lugar a la crítica de la representación letrada del demandante y elevar sus honorarios de origen a 19,05 UMA, conforme un valor UMA de $68.985. Las costas de alzada sugiero fijarlas a cargo del actor que resultó vencido (art. 68 CPCCN). Con arreglo a lo establecido en la ley 27.423, habida cuenta del mérito y extensión de la labor desarrollada en esta instancia por las representaciones letradas del actor y codemandada SM Combustibles SRL propongo que se regulen sus honorarios en el 30% de las sumas que les corresponda percibir por lo actuado en la instancia anterior." "Por ello, el Tribunal RESUELVE: 1) Elevar los honorarios de origen de la representación letrada del demandante a 19,05 UMA, conforme un valor UMA de $68.985. 2) Confirmar lo restante que fue materia de recursos y agravios. 3) Imponer las costas de alzada a cargo del actor. 4) Regular los honorarios de esta instancia de las representaciones letradas del actor y codemandada SM Combustibles SRL en el 30% de las sumas que les corresponda percibir por lo actuado en la instancia anterior."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la sentencia aparece acordada por mayoría (votos de los Dres. Guisado y Pinto Varela).

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