QUIPILDOR, DIEGO SEBASTIAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Acción por incapacidad derivada de accidente laboral por reclamo contra ART. La Cámara confirmó la sentencia apelada que fijó incapacidad del 25% y ordenó la actualización del capital por RIPTE con intereses moratorios según el considerando V, regulando además honorarios y costas.
¿Quién es el actor?
Quipildor Diego Sebastián (actor/apelante).
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo).
- Objeto de la demanda: Reclamo por incapacidad psicofísica (señalada en 25%) y consiguiente indemnización por accidente ocurrido el 10/05/2022; impugnación de liquidación, intereses, honorarios y estipendios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en lo principal que decidió sobre los agravios; estableció que el capital de condena devengue intereses en la forma indicada en el considerando V; reguló honorarios de primera instancia según considerando VI; y costas y estipendios de alzada según considerando VII.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
- “la mera reedición por las partes de los argumentos vertidos en las instancias anteriores o la remisión a ellos, no constituye una crítica concreta y razonada del pronunciamiento recurrido” (C.S.J.N., Fallos 285:19; 288:108; entre otros). (voto, considerando III)
- “En casos anteriores, los integrantes de esta Sala hemos desechado la aplicación de este decreto 669/2019, por entender que resultaba evidente la inexistencia de circunstancias excepcionales que hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución para la sanción de las leyes (art. 99 inc. 3 CN; esta Sala, S.D. 59.259 del 29/6/2018, ‘Pérez, Noé c/ Experta ART SA s/ accidente – ley especial’).” (voto, considerando V)
- “Consecuentemente y en el entendimiento de que la aplicación de un ajuste por RIPTE (hasta la fecha de determinación del crédito) más un interés capitalizable posterior (a partir de la mora) resulta adecuado para preservar los valores reconocidos en la sentencia, y que el régimen previsto en la ley 27.348 no contempla la posibilidad de establecer un interés moratorio desde la fecha de la primera manifestación invalidante ... propongo que: a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación ... mediante el índice RIPTE b) en caso de incumplimiento ... se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral ... c) el ajuste previsto en el decreto 669/19 será realizado sin consideración a la reglamentación contenida en la Resolución 1039.” (voto, considerando V)
- Regulaciones de honorarios propuestas: “regular los honorarios de primera instancia ... en las respectivas sumas de $3.762.043,63 (52,05 UMAs), $4.509.707,44 (62,40 UMAs) y $1.619.446,47 (22,40 UMAs). Estos valores están actualizadas a la fecha del dictado de la sentencia recurrida...” (voto, considerando VI)
- Disidencias: No aparece voto en disidencia; ambos votos (Dr. Héctor C. Guisado y Dr. Manuel P. Díez Selva) adhieren y conforman la decisión mayoritaria.
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