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GONZALEZ JOSE EDUARDO c/ ESPOSITO ANTONIO S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

El actor demandó por enfermedad profesional/accidente de trabajo derivado de exposición a productos químicos en una curtiembre. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda, imponiendo las costas al actor y regulando honorarios de alzada en el 30% para las representaciones.

Accidente de trabajo Enfermedad profesional Asma ocupacional Ley 24.557 Examen preocupacional Prueba pericial Costas Honorarios de alzada Presuncion probatoria Confirmacion de sentencia


¿Quién es el actor?

González José Eduardo.
- Demandados: Provincia ART S.A. y Antonio Espósito S.A.
- Objeto de la demanda: reclamo de reparación integral por enfermedad profesional (hiperreactividad bronquial/asma ocupacional) con fecha de primera manifestación invalidante el 18/09/2003, y liquidación de prestaciones dinerarias conforme ley 24.557.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todo cuanto fue materia de recurso; impuso las costas de alzada al actor; y reguló los honorarios en el 30% de lo que cada representación deba percibir por las tareas cumplidas en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo, lenguaje original): 1) Voto de la Dra. Diana Regina Cañal (disidencia, propuesta de la mayoría): "Por ello, propongo revocar la sentencia de primera instancia y hacer lugar a la demanda instaurada por Jose Eduardo Gonzalez contra Provincia ART SA y condenarla a pagar la prestación dineraria contenida en art. 14 apartado 2 inc. a), de la ley 24.557. [...] En consecuencia, entiendo que el incumplimiento de Provincia ART S.A. relativo a la falta de presentación del examen preocupacional, y periódicos provoca el convencimiento de que el actor ingresó apto y sin afecciones respiratorias. [...] Por lo tanto, ante la ausencia de prueba de una patología previa, que las accionadas no describen las tareas, siendo aplicable la presunción del artículo 356 CPCCN no revertida por prueba en contrario, estando el actor expuesto en forma constante a productos químicos, durante diez años, ante la contradicción entre el dictamen referido supra y el presentado en autos, debo resolver a favor del trabajador ( art. 9 L.C.T.)." 2) Voto del Dr. Alejandro H. Perugini (mayoría, decisorio): "Por consiguiente, propongo confirmar la sentencia, imponer las costas de la instancia al reclamante vencido, y regular los honorarios de alzada en el 30% de lo que cada representación deba percibir por las tareas cumplidas en la instancia anterior. [...] Esto así, y sin soslayar que en el examen realizado por la comisión médica también se ha señalado que los hallazgos compatibles con asma bronquial tienen una repercusión orgánica leve y carecen de repercusión funcional (ver fs.338), como así también que los estudios clínicos, las imágenes de Rx y el examen funcional respiratorio han sido normales (fs.342), cabe concluir que, sin perjuicio del valor de cosa juzgada que cabe otorgar a lo oportunamente resuelto, tampoco existen elementos que permitan sostener la existencia de una incapacidad por una enfermedad contraída a consecuencia de las tareas cumplidas." 3) Voto del Dr. Mario S. Fera (adhesión a Perugini): "En lo que es objeto de disidencia ... me adhiero al voto del Dr. Perugini por fundamentos análogos."
- Disidencia relevante: La Dra. Cañal votó en disidencia proponiendo revocar la sentencia de primera instancia y hacer lugar a la demanda (con condena por $13.222,37 más intereses y actualización), fundando en la presunción por falta de exámenes preocupacionales y en la prueba administrativa que diagnosticó hiperreactividad bronquial inespecífica; dicha postura quedó en minoría y no integra la decisión de la Cámara.

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