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GRANATELLI, PABLO HERNAN c/ PANATEL S.A. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido y diferencias salariales, reclamando reclasificación convencional y rubros como adicional por idioma, horas extras y prestación alimentaria. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda y condenó al actor al pago de costas y honorarios conforme al considerando VI.

Despido Diferencias salariales Categorizacion Adicional por idioma Horas extras Costas Honorarios Carga de la prueba Confirmacion de sentencia Trabajo


¿Quién es el actor?

Pablo Hernán Granatelli.

¿A quién se demanda?

Panatel S.A.
- Objeto de la demanda: acción por despido y reclamo de diferencias salariales por categorización convencional (Maitre Principal vs Maitre), adicional por idioma, prestación alimentaria y horas extras; además apelación del perito contador por honorarios regulados.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el fallo de grado en todo cuanto fue objeto de recurso y agravio, y dispuso costas y honorarios conforme al considerando VI.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En primer lugar, es dable señalar que las partes se encontraron vinculadas por una relación laboral y que dicho vínculo se extinguió por el despido directo dispuesto por la empleadora. ... De este modo, tal como sostuvo la Sra. Jueza de grado, en orden al carácter recepticio de la comunicación del despido (es decir, que sus efectos se perfeccionan cuando llegan a la esfera de conocimiento del destinatario), cabe concluir que la extinción se produjo mediante la misiva cursada por la empleadora, de fecha 9 de agosto de 2018, en la que le comunicó al trabajador el mentado despido. A su vez, de conformidad con la prueba informativa proveniente del Banco Credicoop que obra a fs. 55, surge debidamente acreditado que el actor –pese a que omitió toda referencia al respecto en su escrito inicial
- percibió la suma de $107.026,25, en concepto de indemnizaciones como consecuencia de dicha extinción contractual." "Por todo lo expuesto, en orden a la carencia expositiva señalada y orfandad probatoria analizada, propongo confirmar el fallo de grado en cuanto rechazó los reclamos en estudio." "En orden al mérito e importancia de los trabajos realizados (art. 38 de la ley 18.345, y ley Nº 27.423), considero que los honorarios cuestionados resultan ajustados a derecho, por lo que propongo su confirmación. ... En consecuencia, sugiero confirmar el fallo de grado en este aspecto e imponer las de Alzada a cargo del actor vencido. Finalmente, cabe fijar los emolumentos de los profesionales intervinientes en la alzada en el 30% de aquello que le corresponda percibir por su actuación en origen (art. 30 ley 27.423)."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; ambos jueces (Guisado y Diez Selva) adhirieron al voto mayoritario y acordaron la confirmación.

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