Logo

BARBIERI, KEVIN EZEQUIEL-1- c/ TELECOM ARGENTINA S.A. Y OTRO s/DESPIDO

Empleado despedido demandó por despido injustificado y diferencias salariales contra CAT Technologies (Comdata) y Telecom Argentina. La Cámara modificó la sentencia, elevó la condena a $83.268,64, condenó solidariamente a ambas demandadas, impuso costas y elevó los honorarios conforme a lo señalado en la parte resolutiva.

Despido injustificado Diferencias salariales Art. 80 lct Responsabilidad solidaria art. 30 lct Actualizacion por ipc + 3% Costas Honorarios Cat technologies (comdata) Telecom argentina Camara nacional de apelaciones del trabajo

Actor: Barbieri, Kevin Ezequiel (trabajador). Demandadas: CAT Technologies Customer Experiences S.A. (Comdata Argentina S.A.) y Telecom Argentina S.A. Objeto de la demanda: Despido injustificado y reclamos por diferencias salariales, multa del art. 80 LCT y declaración de responsabilidad solidaria de Telecom conforme art. 30 LCT.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia de grado y elevó el monto de condena a $83.268,64 más intereses y la actualización indicada en el voto; condenó solidariamente a ambas demandadas al pago, impuso las costas de ambas instancias solidariamente a las demandadas, elevó los honorarios de la representación y patrocinio del actor y de Cat Technologies al 16% y 14% del monto de condena incluidos los accesorios y reguló los honorarios de alzada en el 30% de lo que cada representación perciba por la instancia anterior. Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del voto mayoritario): "llega firme a esta instancia que el accionante trabajó para CAT Technologies Customer Experiences S.A. (Comdata Argentina S.A.) desde el 2 de diciembre de 2015 al 17 de octubre de 2016, que lo hizo en tareas de atención telefonica (call center) de clientes de la codemandada Telecom Argentina S.A., y que el despido dispuesto en esta última fecha resultó injustificado..." "propiciaré el reconocimiento de las diferencias establecidas por el perito contador en función de la categoría de vendedor por la suma de $ 6.258,67." "En lo relativo a la multa prevista en el art. 80 de la LCT... considero que también procede este concepto por la suma de $ 30.224,67." "Finalmente, ... es mi criterio que el concepto [de responsabilidad del art. 30 LCT] ha de ser determinado en cada caso... no se advierten razones para sostener que tal actividad de comercialización y atención de clientes no integra la que desarrolla en forma normal y específica... Por consiguiente, sugiero modificar este punto de la sentencia y condenar solidariamente a ambas demandadas por los importes anteriormente referidos." Sobre actualización e intereses: "a partir de [el 7 de septiembre de 2022] el capital sea actualizado mediante el Indice de Precios al Consumidor elaborado por el INDEC mas un 3% de interés puro anual... los intereses devengados hasta tal oportunidad serán también actualizados mediante el referido índice desde la fecha señalada, sin devengar a su vez nuevos intereses..." Disidencia: La Dra. Diana R. Cañal expresó adhesión al voto que antecede; no formuló disidencia relevante. (La decisión consignada es la de la mayoría y coincide con el bloque dispositvo final).

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar