PEREZ SANTOS ALBERTO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Reclamaron indemnización por accidente de trabajo bajo ley especial; la Cámara modificó la liquidación del crédito ordenando su adecuación conforme al Considerando II. Además, impuso las costas de la alzada a la demandada y reguló honorarios al 30% de los que correspondan por actuación en la instancia anterior.
¿Quién es el actor?
Pérez, Santos Alberto.
¿A quién se demanda?
Galeno ART S.A. (demandada / aseguradora).
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente de trabajo conforme a la ley especial (indemnización por accidente del 25/09/2013).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia apelada únicamente en lo relativo a la adecuación del crédito, que se ajustará conforme lo indicado en el Considerando II (actualización por IPC más interés puro del 3% anual, según los fundamentos). Asimismo, impuso las costas de la alzada a la demandada y reguló honorarios de los profesionales intervinientes en el 30% de los que les correspondan por su actuación en la anterior instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) "Removido ese obstáculo, considero que la actualización del crédito mediante el índice de precios al consumidor, acompañado de una tasa de interés 'pura' del 3% anual, constituye un arbitrio razonable que contempla una ponderación objetiva de la realidad económica a partir de pautas de legítimo resarcimiento, en los términos de la doctrina de los mencionados precedentes 'Oliva' y 'Lacuadra' de la Corte Suprema. Me inclino por ese índice (y no otro), pues, como ha señalado la Corte Suprema, si bien es cierto que las estadísticas sobre índice de costo de vida y precios al consumidor no obligan a los jueces, para apartarse de datos que ellas promocionan y adoptar otros módulos de evaluación del envilecimiento monetario, deben procurarse criterios económicos objetivos y evitar así que la discrecionalidad judicial pueda convertirse en arbitrariedad."
2) "Por todo lo hasta aquí expresado, y en plena coincidencia con los fundamentos expuestos por mi distinguida colega, la Dra. Silvia E. Pinto Varela en su voto (al que adherí) en la causa 'Cambronero, Hernán Matías c/ Sentinell SA s/ despido' (sentencia 117.125 del 26/8/2024), propicio declarar en el caso la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 (texto según ley 25.561) y modificar el fallo apelado en lo referente a la adecuación del crédito, que se actualizará desde el 25 de septiembre de 2013 hasta el efectivo pago mediante el IPC nivel general elaborado por el INDEC -empleándose el índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables RIPTE para el período que corre entre el 1°/11/2015 y el 1°/5/2016
- con más un interés puro del 3% anual sobre el capital actualizado."
- Disidencias: No consta disidencia; ambos vocales (Guisado y Díez Selva) votaron conforme el texto resolutorio.
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