ORELLANO, CARLA SOLEDAD c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La trabajadora reclamó indemnización por incapacidad derivada de un accidente in itinere ocurrido el 14/01/2021. El Juzgado hizo lugar a la apelación, reconoció una incapacidad laboral del 11,3% y condenó a la A.R.T. al pago de $638.719,40 más intereses y costas.
¿Quién es el actor?
Carla Soledad Orellano.
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
- Objeto de la demanda: Recurso ley 27.348 contra la resolución de la Comisión Médica Nº 10 que había concluido que la actora no padecía incapacidad laborativa por el accidente in itinere del 14/01/2021; se reclama reconocimiento indemnizatorio por incapacidad parcial permanente.
¿Qué se resolvió?
Se admitió el recurso de apelación y se condenó a Provincia A.R.T. S.A. a abonar a la actora la suma de $638.719,40 por incapacidad parcial permanente (11,3% de pérdida de la totalidad de la t.o.), con intereses desde la fecha del accidente y costas a la demandada. Se regularon honorarios y se fijaron plazos y modalidades de pago.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"El perito concluyó que la actora presenta una lumbalgia postraumática (10 %), síndrome meniscal externo (10 %), esguince de tobillo derecho (10 %) y, considerando los factores de ponderación por dificultad para la realización de las tareas habituales y por edad, determinó una disminución del 34 % de la t.o."
"En tales condiciones, corresponde concluir que, como consecuencia del siniestro de autos, la actora porta una disminución funcional del tobillo derecho como secuela del esguince sufrido que le ocasiona una incapacidad del 10 %, y considerando los factores de ponderación por dificultad para la realización de tareas habituales y por edad que estimó el perito en un porcentaje global del 4 %, pero referido al grado de incapacidad reconocido, representa un 1,3 % adicional, por lo que cabe fijar la disminución laborativa de la demandante en un 11,3 % de la t.o."
"De tal modo, corresponde admitir el recurso de apelación deducido y fijar la indemnización por incapacidad parcial permanente definitiva conforme lo dispuesto por el art. 14 apartado 2 inc. a) de la ley 24.557."
- Observaciones relevantes del análisis: el tribunal rechazó la atribución al siniestro de las lesiones de rodilla y columna por falta de denuncia y prueba contemporánea, sostuvo que la instancia revisora no puede ampliar el objeto definido en sede administrativa y consideró acreditada la secuela en el tobillo derecho conforme al dictamen pericial.
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