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BENITEZ, MATIAS MARCELO c/ CELSIA S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO

Trabajador demandó por despido contra Celsia S.R.L. y otro reclamando indemnizaciones y rubros laborales. La Cámara confirmó la sentencia apelada, imponiendo costas y fijando honorarios conforme a los considerandos V y VI.

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¿Quién es el actor?

Benítez, Matías Marcelo.

¿A quién se demanda?

Celsia S.R.L. y otro.
- Objeto de la demanda: acción por despido y cobro de indemnizaciones y rubros laborales (progreso de indemnizaciones legales por despido, liquidación final, salarios, indemnizaciones por ley 25.323 y art. 80 LCT, actualización e intereses).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia en lo que fue materia de recursos y agravios; impuso costas y fijó honorarios conforme a lo establecido en los Considerandos V y VI. (La doctora Pinto Varela no votó por hallarse en uso de licencia.)
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Ahora bien, no soslayo que, en la especie, el mencionado cotejo tornaría aplicable la tesis de la mayoría de esta Sala. Sin embargo, toda vez que las pautas establecidas en el fallo de primera instancia son más beneficiosas para la parte actora –única que cuestionó el tópico en estudio
- que la que resultaría de lo expuesto, no corresponde modificar la sentencia de grado pues se estaría vulnerando el principio de 'non reformatio in pejus', esto es, se estaría modificando la sentencia en perjuicio del apelante." (Consid. III) "Pues bien, a mi juicio, los emolumentos regulados a la representación letrada de la parte actora, por sus labores en la etapa anterior, lucen reducidos, por lo que sugiero elevarlos a 61 UMAS (cfr. ley 24.432 y ley 27.423 y art. 1255 CCyCN), subsumiendo aquí el cuestionamiento vertido sobre este tópico." (Consid. V) "Las costas de Alzada sugiero imponerlas por el orden causado (cfr. art. 68 del CPCCN), fijando los honorarios de los letrados de las partes, por sus labores en este tramo recursivo, en el 30% de lo que cada uno deba percibir por las tareas de la anterior instancia, en orden a la importancia y extensión de los trabajos efectuados (arts. 38 LO y 30 de la ley 27.423)." (Consid. VI)
- Disidencia / voto singular: La Dra. Pinto Varela no participó del voto por hallarse en uso de licencia; no existe voto en disidencia expresado en el expediente.

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