CUEVAS, HIGINIO Y OTROS c/ CAPRILE GOLF S.A. Y OTRO s/DESPIDO
Demanda laboral por despido y sanciones por registración deficiente y diferencias salariales. La Cámara modificó la sentencia apelada: fijó el monto final de condena en $2.835.235,70 y redujo la condena atribuida a Pablo Alberto Caprile en $1.385.400, con imposición de costas y honorarios de alzada.
¿Quién es el actor?
Cuevas, Higinio y otros (coactores: Higinio Cuevas; Domingo Antonio García; Manuel Roque Garcías).
¿A quién se demanda?
Caprile Golf S.A. y otros; entre ellos, Pablo Alberto Caprile (codemandado persona humana).
- Objeto de la demanda: Reclamación por despido sin justa causa, diferencias indemnizatorias por período 2012-2017, aplicación de sanciones previstas en ley 25.323 y ley 25.345 y otras sanciones por registración y aportes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia apelada fijando el monto final de condena en $2.835.235,70 y reduciendo la parte correspondiente a Pablo Alberto Caprile en $1.385.400; se impusieron costas y honorarios de alzada conforme lo dispuesto en el considerando X. (Decisión adoptada por mayoría: votos de Díez Selva y Guisado).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"XI.
- En consecuencia, de compartirse mi voto, corresponderá: 1) Modificar la sentencia apelada, fijando el monto final de condena en la suma de $2.835.235,70, y reduciendo el correspondiente a Pablo Alberto Caprile en la suma de $1.385.400, en la forma discriminada en el considerando VII, con más su adecuación. 2) Costas y honorarios de alzada, conforme lo dispuesto en el considerando X."
"VII.
- De conformidad con la solución aquí propuesta y la base remuneratoria adoptada en el fallo de grado (art. 116 L.O), la presente acción debería progresar por los siguientes montos: A favor del coactor Higinio Cuevas: $785.624,42 ($720.224,42 [condena de grado] + $65.400 [art. 45 ley Nº 25.345]). A favor del coactor Domingo Antonio García: $1.119.268,25 ($1.038.868,25 [condena de grado] + $80.400 [art. 45 ley Nº 25.345]). A favor de Manuel Roque Garcías: $930.343,03 ($857.143,03 [condena de grado] + $73.200 [art. 45 ley Nº 25.345])."
"IX.
- ... Mutatis mutandi, estos razonamientos resultan aplicables al sub lite, dado que el codemandado Caprile no podía desconocer la conducta ilícita constatada en autos (deficiente de registro de la relación laboral respecto de su fecha de ingreso y remuneración). Sin embargo, su responsabilidad solidaria, con sustento en los citados arts. 54, 59 y 274 LSC, sólo alcanza aquellos rubros que guardan relación causal con las deficiencias de registro de la relación laboral (tal como expuso también esta Sala, in re “Olivera Washington c/ Verini Security y otros s/ despido”, de fecha 24/02/11, S.D. 95.144, entre otros). En el caso, de acuerdo al modo en el que se extinguió el vínculo, se limita a la sanción prevista en el artículo 1º de la ley Nº 25.323. Sugiero, entonces, hacer lugar parcialmente a la queja, y que la condena solidaria a Pablo Alberto Caprile se extienda solo hasta la suma total de $1.385.400."
- Disidencia: no se registra voto en disidencia en el acuerdo; la resolución fue adoptada por los dos votos expresados (Díez Selva y Guisado).
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