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GIMENEZ, GRACIELA TEOFILA (COSTAS 80 ACTOR 20 DDA) c/ CELSO S.R.L. s/DESPIDO

La actora reclamó indemnizaciones por despido y diferencias salariales por nocturnidad y adicionales del CCT; la Cámara modificó la sentencia de grado y fijó el monto nominal de condena en $118.523,63, determinó en esta alzada costas y honorarios y reguló la distribución de costas (70% actora, 30% demandada) y la percepción del 30% por trabajos de instancia anterior para la representación letrada.

Despido Jubilacion Art. 252 lct Horas nocturnas Liquidacion Costas Honorarios Apelacion Cct 122/75 Sala ix


¿Quién es el actor?

GIMENEZ, GRACIELA TEOFILA (parte actora).

¿A quién se demanda?

CELSO SRL (empresa empleadora).
- Objeto de la demanda: acción por despido (impugnación de extinción por jubilación; pedido de indemnizaciones, reinstalación, reclamo de diferencias salariales — horas nocturnas y adicionales por convenio — y otras rubros laborales).

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en cuanto al monto nominal de condena fijándolo en $118.523,63 (con los intereses y acrecidos de origen que llegan firmes); dejó sin efecto lo resuelto en origen sobre honorarios y costas y las resolvió en esta alzada (imponiendo costas por la alzada 70% a la actora y 30% a la demandada); reguló honorarios y determinó que a la representación letrada de las partes les corresponde percibir el 30% de lo que en definitiva les corresponda por los trabajos desarrollados en primera instancia; además dispuso la aplicación de normas de notificación electrónica (Ley 26.685 y acordadas CSJN).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "El importe total resultante de $118.523,63.
- constituye el nuevo capital nominal de condena." "En virtud de lo expuesto hasta aquí, la liquidación final estará integrada por los siguientes montos y rubros: Haberes mes despido $61.448,50.-; Vacaciones proporcionales (art. 156 LCT) $10.372,51.-; SAC sobre vacaciones (art. 156 y 121 LCT) $864,38.-; Diferencias salariales -24 meses
- horas nocturnas (arts. 200 y 201 LCT) $36.578,88.-; SAC proporcional 9.259,36.-; TOTAL LIQUIDACIÓN $118.523,63.-" "Teniendo en cuenta la modificación propuesta sugiero dejar sin efecto lo resuelto en origen sobre costas y honorarios y determinar esos asuntos ante este tribunal en forma originaria (conf. art. 279 CPCCN)." "Corresponde imponer las costas originadas ante esta alzada a cargo de la parte actora en un 70% y de la parte demandada en un 30% (conf. arts. 68 y 71 del CPCCN). Regular por los trabajos efectuados ante este Tribunal, a la representación letrada de la parte actora y demandada, el 30% de lo que en definitiva les corresponda percibir por los trabajos desarrollados en la instancia anterior (art. 30 de la Ley 27.423)."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; el Dr. Balestrini adhirió al voto inicial y el acuerdo adoptó las medidas consignadas.

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