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AVILA, SEBASTIAN ARIEL (Y) c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor demandó por indemnización por incapacidad derivada de accidente de trabajo. La Cámara modificó la sentencia apelada y elevó la condena a $6.010.124,84, disponiendo intereses conforme al considerando V y costas y honorarios según considerandos VI y VII.

Incapacidad laboral Ley 24.557 Ley 27.348 Ripte Intereses Indemnizacion Art Actualizacion Honorarios Costas


¿Quién es el actor?

Ávila Sebastián Ariel (actor: "ÁVILA SEBASTIÁN ARIEL").

¿A quién se demanda?

Swiss Medical ART S.A.
- Objeto de la demanda: reclamación de indemnización por incapacidad derivada de accidente de trabajo (acción fundada en ley 24.557 y normativa complementaria, con apelación regida por ley 27.348).

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de grado y elevó el monto de condena a la suma de $6.010.124,84, la que deberá devengar intereses en la forma indicada en el considerando V; además impuso las costas de alzada y reguló honorarios de ambas instancias conforme considerandos VI y VII.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "Sentado ello, el nuevo resultado de la fórmula indemnizatoria alcanza a $5.008.437,37.
- (53 x $ 189.132,02 x 65/38 x 29,21%). Dicho importe es superior al piso que establece la Res. SRT Nº 49/2021, que para el caso de autos resulta ser $2.463.342,97 ($ 8.433.218 x 29,21%). A esa cantidad se le debe agregar el adicional del 20% previsto en el art. 3º de la ley 26.773 ($1.001.687,47), por lo que cabe diferir a condena la suma total de $6.010.124,84.-." 2) "En efecto, el art. 11 de la citada ley 27.348 modificó al art. 12 de la ley 24.557, en el sentido de que: '... 2°. Desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el momento de la liquidación de la indemnización por determinación de la incapacidad laboral definitiva, deceso del trabajador u homologación, el monto del ingreso base devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina. 3°. A partir de la mora en el pago de la indemnización será de aplicación lo establecido por el artículo 770 del Código Civil y Comercial acumulándose los intereses al capital, y el producido devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina, hasta la efectiva cancelación'." 3) "Consecuentemente y en el entendimiento de que la aplicación de un ajuste por RIPTE (hasta la fecha de determinación del crédito) más un interés capitalizable posterior (a partir de la mora) resulta adecuado para preservar los valores reconocidos en la sentencia, ... propongo que: a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación ... mediante el índice RIPTE b) en caso de incumplimiento de la aseguradora a la orden de pago, se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA ... acumulándose los intereses al capital en forma semestral ... c) el ajuste previsto en el decreto 669/19 será realizado sin consideración a la reglamentación contenida en la Resolución 1039."
- Disidencias: No se expresa voto disidente en la causa; ambos jueces (Guisado y Díez Selva) adhieren y forman mayoría que resolvió conforme la parte resolutiva transcripta.

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