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CORBALAN, KAREN DAIANA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora reclamó prestaciones dinerarias por incapacidad derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala IX) modificó la sentencia de grado y elevó la condena a $52.698.423,70, aplicando la actualización por RIPTE hasta la interposición del recurso y la tasa activa del Banco de la Nación para intereses desde esa fecha, además de regular costas y honorarios en alzada.

Riesgos del trabajo Indemnizacion Ripte Intereses Tasa activa banco nacion Actualizacion Honorarios Costas Ley 24.557 Ley 27.348


¿Quién es el actor?

CORBALAN, KAREN DAIANA.

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ART SA (Aseguradora de Riesgos del Trabajo/demandada).
- Objeto de la demanda: Reclamo por prestaciones dinerarias por incapacidad laboral definitiva derivada de accidente ocurrido el 03/12/2022 (Ley 24.557 y Ley 27.348). Se determinó una minusvalía del 29,83% y edad de la actora 27 años al momento del suceso.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia elevando el monto de condena a $52.698.423,70; declaró que dicha suma devengará intereses desde la interposición del recurso (12/08/24) conforme al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina, acumulándose los intereses semestralmente; dejó sin efecto lo resuelto en origen sobre honorarios y los fijó originariamente en esta alzada; impuso las costas de alzada a la demandada vencida; y reguló honorarios de los letrados de la parte actora y demandada por las tareas en este tribunal en el 30% de lo que corresponda por lo actuado en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (textos transcritos relevantes): "A partir de ello, corresponde considerar las remuneraciones de la accionante correspondientes a los doce meses anteriores a la fecha del infortunio (03/12/22), actualizadas por el índice RIPTE, que según lo determinado en la sede de origen asciende a la suma de $216.883,26. – correspondiente al índice RIPTE del accidente-, que estimo correcto." "Ahora bien, desde el momento del accidente (03/12/22) y hasta la fecha del inicio de interposición del recurso (12/08/24) ... el monto del ingreso base devengará un interés equivalente a la tasa de variación de las Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) en el período considerado, lo que daría un IBM de $1.153.818,94.
- ($216.883,26 x 5,32)." "De tal modo, ... la prestación dineraria del artículo 14, inciso 2), apartado a) de la ley 24.557 ... asciende a $52.698.423,70.
- (53 $1.153.818,94 65/27 29,83% + 20%) ... Dicha suma, desde la interposición del recurso (12/08/24) y hasta la fecha de la intimación judicial de pago, devengará intereses conforme el promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a TREINTA (30) días del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral." "Lo expuesto deja sin sostén la actualización del crédito (cfr. índice CER, IPC, tasa pura del 6% anual) –que pretende la parte actora-, pues no resulta aplicable al caso, en tanto la condena se sustentó en la Ley 27.348, que como es sabido establece un régimen específico en materia de intereses (cfr. art. 11 Ley 27.348 citado)."
- Disidencias: No hubo voto en disidencia; el Dr. Balestrini adhirió al voto que antecede.

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