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RIOS, RAUL ALBERTO c/ SENTINELL S.A. -0- Y OTRO s/DESPIDO

Reclamante por despido contra Sentinell S.A. y FINCAS SAN VICENTE ALL SPORTS S.A. por despido. La Cámara declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto por FINCAS SAN VICENTE, rechazándolo por no alcanzar el umbral mínimo de apelabilidad y ordenó costas y honorarios de alzada conforme a los considerandos.

Apela-cion Despido Umbral de apelabilidad Art. 106 lo Costas Honorarios de alzada Actualizacion cer Resolucion n?19/2024 Fincas san vicente all sports s.a. Camara nacional de apelaciones

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Raúl Alberto Ríos (actor, identificado en el carátula como "RIOS, RAÚL ALBERTO"). Demandado: SENTINELL S.A. y FINCAS SAN VICENTE ALL SPORTS S.A. (codemandada apelante). Objeto: Reclamo por despido (acción de despido). Decisión: Se declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto por FINCAS SAN VICENTE ALL SPORTS S.A.; se impusieron las costas y los honorarios de alzada conforme a los considerandos del voto que encabeza el acuerdo. Se dejó constancia de que la Dra. Silvia E. Pinto Varela no votó por hallarse en uso de licencia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Considero que debe declararse mal concedido el recurso de FINCAS SAN VICENTE ALL SPORTS S.A., en razón del monto cuestionado (de forma concordante al criterio expresado por esta Sala en la SI N° 74.638 del 10/2/2025, en la causa N°35.966/2018/2/RH2, incidente de recurso de queja, “Marasea, Daniel Javier C/ Casino Buenos Aires S.A. Compañía de Inversiones en Entretenimientos S.A. UTE y otros s/ despido”)." "A fin de atender a la realidad económica y preservar el derecho de los litigantes a acceder a la instancia revisora, esta Cámara, mediante Resolución n° 19 del 18/12/2024, dispuso: “Establecer que, el valor o monto que se intenta cuestionar en la alzada, para cotejar con el piso de apelabilidad del art. 106 LO, debe ser cuantificado considerando los acrecidos dispuestos en la sentencia que se pretende recurrir. Si en la sentencia no se hubiera fijado pauta de incremento alguna, el valor que se intenta cuestionar en la alzada deberá ser cuantificado tomando su cuantía nominal histórica acrecida con aplicación del IPC”." "Sobre la base de ese criterio, el valor disputado ante esta instancia, actualizado según pautas establecidas en primera instancia, desde la fecha de promoción de la demanda hasta el momento en que se decidió sobre la admisibilidad del recurso ascendió a $ 2.419.687,48 ($ 95.058,52, con aplicación de índice CER desde el 27 de agosto de 2020 al 10 de abril de 2025), importe que no alcanza el umbral mínimo de apelabilidad allí adoptado que, en el caso era de $ 4.050.000 ($13.500 x 300)." "Estimo así que el recurso interpuesto por el FINCAS SAN VICENTE ALL SPORTS S.A. ha sido mal concedido, lo que me exime de dar tratamiento a los agravios en él expresados." "Propicio que las costas de alzada se distribuyan en el orden causado ante la ausencia de réplica, y con arreglo a lo establecido en los arts. 38 LO y 30 de la ley 27.423, sugiero regular los honorarios de la representación letrada de FINCAS SAN VICENTE ALL SPORTS S.A., por sus labores en esta etapa recursiva, en el 30% de lo que le corresponda percibir por la totalidad de lo actuado en la instancia anterior."
- Votos en disidencia o particularidades relevantes: La Dra. Silvia E. Pinto Varela no participó del voto por encontrarse en uso de licencia; no hay voto en disidencia en el acuerdo publicado.

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