SAN MARTIN, NICOLAS PABLO c/ SAMCONSULT S.A. Y OTROS s/DESPIDO
El actor Nicolás Pablo San Martín demandó por despido contra Samconsult S.A. y otros reclamando inscripción y pago de remuneraciones registradas. La Cámara confirmó la sentencia de grado que rechazó la demanda por insuficiencia probatoria sobre pagos no registradas y ordenó imponer las costas en el orden causado y regular honorarios de Alzada.
¿Quién es el actor?
San Martín, Nicolás Pablo.
¿A quién se demanda?
Samconsult S.A. y otros.
- Objeto de la demanda: reclamo por despido e imputación de pagos “en negro”/no registradas; pretensión indemnizatoria y multas (art. 80 LCT).
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia apelada en todo aquello que fue materia de recurso y agravios, con excepción de las costas que se imponen en el orden causado; se fijaron costas y honorarios de Alzada conforme al considerando IV.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes):
"Digo ello, pues no encontré en la decisión adoptada por el magistrado anterior ningún elemento que justificara el calificativo de 'arbitrariedad' planteado por el apelante, pues ha sido fundada en las constancias de la causa -evaluadas con adecuado rigor técnico
- y en consideraciones jurídicas razonables."
"Como lo ha señalado la doctrina, la ley adjetiva requiere un análisis del fallo, y también la demostración de los motivos que se tienen para estimarlo erróneo, de manera que, en ausencia de objeciones especialmente dirigidas a las consideraciones determinantes de la decisión adversa al apelante, no puede haber agravio que atender en la alzada..."
"Tal como sostuvo el juzgador de grado, las testigos que declararon a instancias de la parte actora ... no lograron acreditar, a través de sus dichos, que San Martin percibiera parte de su remuneración de manera clandestina, es decir, sin el debido registro."
"IV. Que, respecto de las costas, de acuerdo a las constancias de la causa, la prueba producida (incluyendo la testimonial), las cuestiones debatidas y sus particularidades, considero que corresponde imponerlas en el orden causado (art. 68 del CPCCN), al igual que las de Alzada."
- Votos: El Dr. Manuel P. Díez Selva votó por confirmar el fallo apelado con los fundamentos precedentes y por imponer costas en el orden causado y fijar honorarios de Alzada según lo dicho en el considerando IV. El Dr. Héctor C. Guisado adhirió al voto que antecede. La Dra. Silvia E. Pinto Varela no votó por hallarse en uso de licencia. No hubo disidencia mayoritaria.
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