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ESTEBAN, CARLOS OSVALDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Reclamo por indemnización por incapacidad por enfermedad profesional. El Juzgado rechazó la demanda por falta de prueba del nexo causal entre las tareas y las lesiones pese a reconocer una incapacidad parcial y permanente del 11,1% de la TO, que no resulta indemnizable en esta acción.

Riesgos del trabajo Enfermedad profesional Discopatias Nexo causal Pericia medica Incapacidad parcial y permanente Art. 46 ley 24.557 inconstitucionalidad Costas Honorarios periciales Juzgado nacional de trabajo n?69


¿Quién es el actor?

ESTEBAN CARLOS OSVALDO.

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (Provincia ART SA).
- Objeto de la demanda: Cobro de la suma resultante de la liquidación practicada por el actor en concepto de indemnización por incapacidad derivada de enfermedad profesional (Ley 24.557), por discopatías múltiples (L3-L4, L4-L5, L5-S1) y secuelas psíquicas, por hechos ocurridos durante la prestación de servicios en DYTECH DYNAMIC FLUID TECHNOLOGIES S.A. entre 23/07/2013 y 18/12/2015.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó en todas sus partes la acción intentada por el actor contra Provincia ART SA. Se impusieron las costas en el orden causado y las comunes por mitades; se regularon honorarios periciales y profesionales conforme se indica.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): “Corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 46 de la ley 24.557, en tanto el mismo afecta los principios del juez natural y de acceso a la justicia. … Por lo tanto, reitero, corresponde declarar la inconstitucionalidad en el caso, de lo dispuesto en el art. 46 de la ley 24.557.” Sobre la prueba pericial: “A fs. 148/151 – digital
- del informe médico se desprende que el perito luego de examinar al accionante y con el resultado de los estudios complementarios requeridos, concluye : ‘Del examen clínico y de estudios complementarios, no registra antecedentes seguimiento de las patologías denunciadas en el presente expediente, dejando a criterio de V.S. establecer la relación causal definitiva, surgen las siguientes conclusiones médico-legales: # El actor Esteban Carlos Osvaldo, sufrió lumbalgia postraumática en ocasión de sus labores desarrollados. Actualmente presenta disminución funcional y hallazgos en los estudios complementarios realizados. # Se valora la incapacidad en un porcentaje equivalente al 10 % de la T.O en forma parcial y definitiva, de acuerdo al Decreto 659/96, Baremo 24.557 # Sumados los factores de ponderación, corresponde un porcentaje equivalente al 11.1 % de la T.O., en forma parcial y permanente. (0.1 % por la edad y 1 % por la disminución relacionada con las tareas habituales)…’” Sobre la insuficiencia probatoria del actor para acreditar tareas y nexo: “Advierto que el accionante no ha producido ninguna prueba tendiente a acreditar efectivamente las tareas realizadas y eventual daño que las mismas pudieran ocasionarle. … no explica con precisión en que consistìan la ‘programación de máquinas CNC, armado y operado de determinadas máquinas para la fabricación de autopartes’, ni respecto al ‘manejo de zorra eléctrica, clarck’, como era el ‘traslado de piezas de autopartes de importante peso, movimientos repetitivos.’ … Por todo ello, no ha quedado acreditado por medio probatorio alguno las tareas de repetición, y esfuerzo, que pudieran ocasionar las afecciones que ha detectado el experto médico.” Conclusión dispositiva: “En consecuencia, no habiendo logrado acreditarse que los daños que encontró el médico en el cuerpo del actor, puedan ser atribuidos a la demandada en los términos de la ley de riesgos, corresponde rechazar la demanda en todas sus partes, lo que así decido.”
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en el expediente (sentencia de un solo juez).

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