SANCHEZ, VICENTE c/ FEDERAL SERVICE S.R.L. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra Federal Service S.R.L. solicitando se declare la improcedencia del despido y se reintegre o compense. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó la demanda por no acreditarse la negativa de tareas invocada y ordenó imponer las costas de alzada y regular honorarios al 30% de lo que corresponda en origen.
Actor: SÁNCHEZ, VICENTE. Demandado: FEDERAL SERVICE S.R.L. Objeto de la demanda: Reclamo por despido (despido indirecto por negativa de tareas) y subsiguientes pretensiones laborales.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de grado en todo lo que fue materia de apelación y agravios; se impusieron las costas de alzada por su orden y se regularon los honorarios de los profesionales que actuaron ante la alzada en el 30% de lo que a cada uno le corresponda percibir por su actuación en la sede de origen.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"El Sr. Juez de grado tuvo en cuenta que el vínculo laboral finalizó como consecuencia del despido indirecto dispuesto por el accionante, con sustento en la invocada negativa de tareas por parte de su empleadora; analizó la prueba rendida en autos; concluyó que el actor no logró acreditar la negativa de tareas en la cual sustentó su decisión de dar por finalizado el vínculo y rechazó la demanda entablada."
"En el marco descripto, sin perjuicio de la acreditación de lo alegado respecto a que ese mismo día -14/05/18
- el actor debió recibir asistencia médica y las dificultades probatorias invocados en relación a dicha circunstancias lo relevante es que –en definitiva
- el accionante debió demostrar los hechos en los cuales sustentó su desvinculación, es decir la negativa de tareas del 14/05/18, lo que no ha logrado."
"Así también, en relación a la regulación de honorarios del perito contador interviniente, que fuera cuestionada por la demandada, en atención al mérito y extensión de la labor desarrollada en la primera instancia por el experto, dentro de los límites de los agravios articulados, propongo confirmarla ... Por idénticos motivos que los expresados en el considerando III.
- del presente pronunciamiento, aconsejo imponer las costas de alzada por su orden (art. 68 segundo párrafo del C.P.C.C.N.) y regular los honorarios de los profesionales firmantes de las presentaciones efectuadas ante esta alzada, en el 30% de lo que a cada una de ellos le corresponda percibir por su actuación en la sede de origen (cfr. art. 38 LO y arts. 16 y 30 ley 27.423...)."
Disidencias: No hubo voto en disidencia; el Dr. Roberto C. Pompa adhirió al voto mayoritario.
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