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NIEVA, FACUNDO AGUSTIN c/ CALIMARUZZA S.A. Y OTROS s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra CALIMARUZZA S.A. y codemandados solicitando indemnizaciones y reparaciones. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala IX, confirmó la sentencia de grado en lo que fue materia de apelación, mantuvo el sistema de actualización (IPC más interés puro del 3% anual) y confirmó la distribución de costas y la regulación de honorarios en los términos fijados.

Despido Notificacion Prueba Inconstitucionalidad leyes 23928/25561 Actualizacion monetaria Ipc Interes 3% anual Costas de alzada Honorarios Camara nacional de apelaciones del trabajo


¿Quién es el actor?

Nieva, Facundo Agustín (demandante).

¿A quién se demanda?

Calimaruzza S.A. y otros (codemandados Bianchi y Duarte).
- Objeto de la demanda: Acción por despido y reclamo de indemnizaciones y rubros derivados; además apelaciones por regulación de honorarios (actor, letrado y perita contadora).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de grado en lo que fue materia de apelación; impuso las costas de alzada en el orden causado; reguló los honorarios de los profesionales que intervinieron ante la Cámara en el 30% de lo que corresponda percibir por sus labores en primera instancia; y ordenó notificaciones conforme Ley 26.685 y acordadas de la CSJN.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) Sobre la prueba de notificación de la carta de renuncia y rechazo de indemnizaciones: "el quejoso cuestiona la conclusión a la que se arribó en el pronunciamiento de grado anterior como consecuencia de que el recurrente no acreditara la autenticidad de su misiva rupturista y su recepción por parte de la empleadora, por lo que se rechazaron sobre esta base las indemnizaciones derivadas del despido... si bien se libró oficio a la empresa de correos, la misma respondió requiriendo la remisión de copias de las misivas correspondientes a fin de dar la información requerida, lo cual no fue cumplido por el quejoso, tal como lo reconoce en su pieza recursiva... Por lo tanto, atendiendo a dicha limitación impuesta a la actividad de oficio del magistrado, es que no resulta admisible a esta altura la medida de prueba solicitada." 2) Sobre el sistema de actualización del capital condenado: "cabe estar al criterio mayoritario sostenido por este Tribunal... confirmando la declaración de inconstitucionalidad de las leyes 23928 y 25561... y, por ende, confirmar la decisión de declaración -para el presente caso
- de la inconstitucionalidad de ambas normas -leyes 23928 y 25561
- en su parte pertinente y, en cuanto prohíben la actualización monetaria, indexación por precios, variación de costos o repotenciación de deudas, así como el reajuste del crédito reconocido en las presentes actuaciones, conforme el Índice de Precios al Consumidor Nivel General que publique el INDEC, con más un interés puro del 3% anual por igual período, fijado en el fallo recurrido..." Además se confirmó "la capitalización por única vez del interés puro fijada en la sentencia apelada... desde la última notificación de la demanda". 3) Sobre honorarios y costas: respecto de las apelaciones de honorarios "considero que dichos emolumentos lucen acordes con esos parámetros y aranceles legales vigentes, razón por la cual sugiero confirmarlos" y "por la forma en que se resuelve el recurso, sugiero imponer las costas de alzada en el orden causado, ... y que se regulen los honorarios ... en el 30 % de cuanto corresponda percibir a cada una de las respectivas representaciones..."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; el Dr. Roberto C. Pompa adhirió al voto del Dr. Balestrini y el acuerdo resolvió conforme los fundamentos transcritos.

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