HERRERA, JOAQUIN MARCELO c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor demandó a SWISS MEDICAL ART S.A. por indemnizaciones derivadas de un accidente de trabajo (Ley 24.557). La Cámara modificó la imposición de intereses conforme al considerando III, impuso costas a la demandada vencida y reguló honorarios de la alzada en un 30% con IVA en su caso.
¿Quién es el actor?
Herrera Joaquín Marcelo.
¿A quién se demanda?
SWISS MEDICAL ART S.A. (A.R.T.).
- Objeto de la demanda: Reclamo por indemnizaciones derivadas de accidente de trabajo (Ley 24.557) por incapacidad psicofísica del 18,11% T.O. ocurrido el 14/09/2015.
¿Qué se resolvió?
La Cámara resolvió modificar lo referido a los intereses en los términos expresados en el considerando III, imponer las costas de la alzada a la demandada vencida y regular los emolumentos de la representación letrada de la parte actora y de la aseguradora en un 30% de lo que les corresponda percibir por su actuación en la instancia anterior, con más el impuesto al valor agregado si corresponde. Asimismo se ordenó dar cumplimiento a lo dispuesto por la ley 26.856 y la Acordada CSJN Nº15/2013.
- Fundamentos principales (transcripciones literales relevantes):
"En definitiva, se actualizará la suma objeto de condena con el índice que elabora la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (para mí, Capital Federal), conocido como IPCBA desde el 25-9-2015 y hasta su efectivo pago, con más los intereses calculados al 12% anual sobre la suma reajustada y por el mismo período." (considerando II, referenciado por la Jueza Cañal al exponer la cuestión discutida en esta instancia).
"Tal como históricamente he sostenido, inclusive en mi desempeño como jueza de primera instancia, la inflación es un mal que repercute en el bolsillo de todos, en particular de los trabajadores. Por dicha razón he declarado siempre la inconstitucionalidad de la normativa que impide la indexación de sus créditos." (voto de la Dra. Cañal, obiter dictum, sobre la protección del crédito del trabajador y la necesidad de mecanismos de actualización).
"Conforme se observa, a la fecha del presente pronunciamiento resulta más beneficioso la aplicación de un régimen de actualización, conforme el índice I.P.C. ... No obstante, toda vez que, en caso de pronunciarme en tal sentido, estaría incurriendo en una reformatio in pejus, en atención a los términos de la apertura de esta instancia, auspicio confirmar lo decidido por la Sala IX, en tanto confirmó la aplicación en autos del Acta 2764/2022." (considerando III, explicación de los cálculos comparativos y de la decisión de adecuarse al criterio mayoritario de la Sala).
"De prosperar mi voto, propicio: I.
- Modificar en relación a los intereses en los términos expresados en el considerando III. II.
- Imponer las costas en esta instancia a la demandada vencida. III.
- Regular sus emolumentos ... en un 30 % , de lo que -en definitiva
- les corresponda percibir por su actuación en la instancia anterior, con más el impuesto al valor agregado, en caso de corresponder..." (propuesta dispositiva del voto que integra el acuerdo).
- Votos y mayorías: La resolución se integra por los votos de la Dra. Diana R. Cañal (voto de apertura, con fundamentos y propuestas) y del Dr. Alejandro H. Perugini (adhiriendo al voto). No consta disidencia.
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