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BRANDAN, RICARDO CRISTIAN c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamó el actor reconocimiento de incapacidad derivada de un accidente in itinere y revisión del dictamen de la Comisión Médica. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó los agravios del actor, imponiendo las costas de ambas instancias por el orden causado.

Recurso ley 27348 Comision medica Revision judicial Incapacidad Accidentes in itinere Probatorio Costas Sala ii Galeno art s.a. Tutela judicial efectiva


¿Quién es el actor?

Brandan, Ricardo Cristian.

¿A quién se demanda?

Galeno ART S.A.
- Objeto de la demanda: revisión judicial del dictamen de la Comisión Médica Jurisdiccional Nro. 10 y reconocimiento de incapacidad derivada de accidente in itinere ocurrido el 19/07/2024 (lesión de rodilla izquierda).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala II, confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo atacado por la apelación y ordenó imponer las costas de ambas instancias en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes): "EL TRIBUNAL RESUELVE: 1º) Confirmar la sentencia de primera instancia en todo lo que ha sido materia de agravios y apelación; 2°) Imponer las costas de ambas instancias en el orden causado; 3°) Regístrese, notifíquese y, oportunamente, remítanse." Del voto mayoritario (Dr. José Alejandro Sudera): "En el recurso planteado en la sede administrativa, el apelante no realizó la crítica concreta y razonada al dictamen médico en que se basó la resolución administrativa y que las normas antes señaladas exigen... La mera discrepancia subjetiva no puede nunca conducir a una instancia revisora a revocar una resolución... En efecto, no aportó elementos objetivos que avalen su postura de que presente incapacidad en los términos del dec. 659/96." Del voto concurrente en disidencia parcial (Dra. Andrea Érica García Vior): "no corresponde admitir ninguna objeción a la revisión judicial plena requerida por la parte actora. Por lo tanto, de prosperar mi voto, corresponde admitir el recurso de apelación interpuesto, revocar la resolución atacada y remitir las presentes actuaciones al Juzgado que sigue en orden de número..." (esta posición quedó en disidencia).
- Disidencia relevante: La Dra. García Vior votó por admitir el recurso, revocar la resolución administrativa y remitir las actuaciones para producción plena de prueba; dicho voto quedó en minoría y no prevaleció.

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