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PRADO, MARCELA NOEMI c/ BINSER S.A. s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido y diferencias salariales por pagos no registrados. La Cámara modificó la sentencia de grado, fijó la condena en $1.366.730, ordenó la adecuación del monto conforme al Considerando VII y reguló honorarios y costas de Alzada.

Despido indirecto Pagos en negro Diferencias salariales Plus vacacional S.a.c. proporcional Actualizacion de condena Ripte Ipc Intereses Honorarios de alzada


¿Quién es el actor?

Prado, Marcela Noemí.

¿A quién se demanda?

Binser S.A.
- Objeto de la demanda: despido (despido indirecto) y reclamo de diferencias salariales y otros rubros (plus vacacional, S.A.C. proporcional 2017) por pagos recibidos “en negro” o sin registro contable.

¿Qué se resolvió?

la Cámara modificó el fallo de grado y fijó el monto final de condena en $1.366.730, que se adecuará conforme al criterio establecido en el Considerando VII; dejó sin efecto la regulación anterior de honorarios y los determinó originariamente (honorarios de instancia y perito), y condenó en costas y honorarios de Alzada a la demandada, conforme lo indicado en los considerandos VIII y IX.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Dichos testigos cobran pleno valor probatorio por tratarse de sujetos presenciales de los hechos relatados –compañeros de trabajo
- y porque no se invocó, y menos aún se acreditó, mendacidad en sus dichos (art. 90 L.O. y 386 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." "Por todo lo expuesto, los elementos de prueba precedentemente analizados acreditan que la actora percibía parte de su remuneración sin registro contable. En consecuencia, ante el desconocimiento de dicho extremo por parte de la empleadora, la situación de despido indirecto en la que se colocó Prado resultó ajustada a derecho (arts. 242 y 246 L.C.T.)." "En torno a ello, es dable señalar que el art. 7° de la ley 23.928 (en su actual redacción) establece: 'El deudor de una obligación de dar una suma determinada de pesos cumple su obligación dando el día de su vencimiento la cantidad nominalmente expresada. En ningún caso se admitirá actualización monetaria, indexación por precios, variación de costos o repotenciación de deudas, cualquiera fuere su causa, haya o no mora del deudor, con las salvedades previstas en la presente ley.' ... Tal decisión impone la adecuación del capital de condena a través de una pauta de razonabilidad ... corresponde establecer mediante la aplicación del indicador salarial de naturaleza previsional ... denominado 'Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables' (Ripte) ... con más un 7% anual de interés puro sobre el capital, sin perjuicio de las facultades previstas en el art. 771 del CCyCN. ... por razones de economía procesal he adherido a dicho criterio de la mayoría de este Tribunal, declarado la invalidez constitucional del art. 7° de la ley 23.928 ... de acuerdo con el índice de precios al consumidor que publica el INDEC (IPC), con más una tasa de interés pura del 3% anual por igual período."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia; el acuerdo consta por mayoría y la resolución final es la transcripta.

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