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DUARTE, SILVERO ARNALDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamó el trabajador indemnización por accidente y determinación de incapacidad; la Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia respecto de la actualización e intereses. La Cámara determinó la aplicación del DNU 669/2019 y fijó criterios sobre actualización y tasa de interés (6% anual) conforme al considerando IV.

Accidente de trabajo Art Incapacidad Actualizacion Intereses Dnu 669/2019 Ley 24.557 Condena Costas y honorarios I.p.c./r.i.p.t.e.


¿Quién es el actor?

DUARTE, Silvero Arnaldo (trabajador/actor).

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ART S.A. (aseguradora/ART).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por accidente (26/12/2022) y reconocimiento de incapacidad psicofísica parcial y permanente (18,76% T.O.), así como la forma de actualización del crédito y la aplicación de intereses sobre la condena; además apelaciones de las regulaciones de honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia en lo relativo a la actualización y los intereses (según lo determinado en el considerando IV), confirmó costas y honorarios conforme lo determinado en el último considerando e instruyó el cumplimiento de normas procedimentales pertinentes (art. 1º Ley 26.856 y Acordada CSJN Nº15/2013). En lo demás —incluida la determinación de la incapacidad del 18,76%— la decisión de primera instancia fue confirmada.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Al crédito actualizado, corresponderá aplicar un interés del 6 % anual, desde la fecha del despido hasta la oportunidad del efectivo pago". "De tal suerte, toda vez que surge del fallo citado precedentemente (“ROMAN”), que la mayoría del Tribunal, integrada por los Dres. Perugini y Fera, aplican en forma inmediata el D.N.U. 669/2019, he de emplear dicha solución al caso de autos." "Por todo lo expuesto, al crédito actualizado, corresponderá aplicar un interés del 6 % anual, desde la fecha del despido hasta la oportunidad del efectivo pago". Además, respecto de la incapacidad cuestionada por la demandada respecto de la rodilla derecha, la Cámara consideró que "han sido denunciados por el actor en sus presentaciones obrantes en los folios 52 y 83 del expediente por ante la SRT" y que el informe médico aportado da cuenta de secuelas, por lo que desestimó el agravio de la ART sobre ese punto.
- Votos: La Dra. Cañal fundamentó extensamente y propuso la modificación parcial conforme el considerando IV; el Dr. Perugini adhirió al voto de la Dra. Cañal. No consta disidencia en la parte resolutiva final.

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