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QUIPILDOR, DANIEL ADRIAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamante impugnó el monto de la indemnización por accidente de trabajo y pidió daño punitivo contra Provincia ART S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia: fijó el capital de condena en $461.873,86 más intereses desde el 18/7/2019 y confirmó el resto de lo decidido, revocando la regulación originaria de costas y honorarios y ordenando nuevas imposiciones y regulaciones.

Accidente de trabajo Ley 24.557 Decreto 669/19 Ripte Interes bancario bna Indemnizacion Recurso ley 27.348 Costas Honorarios Dano punitivo (rechazado)


¿Quién es el actor?

QUIPILDOR DANIEL ADRIAN.

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Recurso (ley 27.348) contra la sentencia de primera instancia en reclamo por accidente de trabajo; se cuestionaba la forma de actualización del crédito/ cálculo indemnizatorio y se solicitaba la imposición de daño punitivo (art. 52 bis LDC).

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado, estableciendo el capital de condena en $461.873,86 más intereses desde el 18/7/2019 conforme la tasa del apartado II del primer voto; confirmó lo demás que fue materia de agravios; dejó sin efecto la imposición de costas y la regulación de honorarios practicadas en origen; impuso las costas de primera instancia a la demandada; reguló honorarios por la actuación en primera instancia y en alzada (detallados en la parte resolutiva).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
- "Dada la fecha del siniestro motivo del reclamo (1/9/2017), y al criterio recientemente adoptado por este tribunal en atención a la vigencia del Decreto 669/19, lo expresamente normado en su art. 3º -en consonancia con lo dispuesto por el art. 7 del CCyCN
- y toda vez que la propia ley 24557 ha delegado en el Poder Ejecutivo las facultades reglamentarias, corresponde, de conformidad con las modificaciones introducidas en la mencionada disposición normativa, sustituir el art. 12 de la ley de Riesgos del Trabajo y en su mérito, establecer su aplicación conforme la actual redacción al caso de autos."
- "De tal modo, en atención a la base de cálculo resultante ($39.896,334.948,27/2873,15= $68.711,27), la prestación dineraria del artículo 14, inciso 2), apartado a) de la ley 24.557 debida como consecuencia del infortunio objeto de reclamo, asciende a $461.873,86 (53 $68.711,27 8% 65/41) importe que resulta superior al piso mínimo garantizado dispuesto por la Res. S.R.T. NOTA 21161/17 de $112.069,12 ($1.400.8648%) vigente para el supuesto bajo análisis. Por ello, debe estarse al importe que determina la fórmula."
- "Dicha suma (esto es, $461.873,86), desde la interposición del recurso ley 27348 (18/7/2019) y hasta la efectiva cancelación, devengará intereses conforme el promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a TREINTA (30) días del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, acumulándose los intereses al capital en forma semestral (cfr. Normativa mencionada)."
- Sobre el reclamo de daño punitivo (disposición denegatoria): "Sin embargo, el recurso interpuesto no satisface los requisitos del art. 116 de la Ley 18.345, ya que no se desarrolla una crítica concreta y razonada sobre dicha omisión ni se exponen argumentos jurídicos específicos que permitan fundar su procedencia en el caso... En tales condiciones, y ante la falta de desarrollo argumental que habilite su tratamiento, corresponde rechazar el agravio."
- Votos / disidencias: Ambos jueces (Fera y Balestrini) adhirieron al mismo voto; no se registran disidencias.

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