FERNANDEZ, NATALIA LUCIANA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora reclamó prestaciones dinerarias por incapacidad derivada de una lesión en nervio cubital bajo la ley 24.557. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia apelada, impuso las costas de alzada por su orden y reguló honorarios al 30% de lo que cada representación perciba por la instancia anterior.
¿Quién es el actor?
Fernández, Natalia Luciana.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reconocimiento y pago de prestaciones dinerarias por incapacidad física por “lesión en nervio cubital” (ley 24.557); discusión sobre inclusión de daño psicológico vinculado a otras causas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia en todo cuanto fue materia de agravios, impuso las costas de alzada por su orden y reguló los honorarios en el 30% de lo que cada representación deba percibir por las tareas cumplidas en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) Voto del Dr. Alejandro H. Perugini (propone desestimar agravios y condena en costas): "Consecuente con lo expuesto, propongo desestimar los agravios, confirmar la sentencia, e imponer las costas de alzada a la actora. Los honorarios de alzada serán regulados en el 30% de lo que cada representación deba percibir por las tareas cumplidas en la instancia anterior."
2) Voto de la Dra. Diana R. Cañal (disidencia respecto de las costas): "Así, observo que la trabajadora presentó su reclamo, impugnando las conclusiones de la comisión médica... Por tanto, conforme el paradigma actual de los Derechos Humanos Fundamentales, considero apropiado que las costas de esta alzada no sean impuestas sin más a la accionante... Consecuentemente, propicio imponer las costas de alzada por su orden. En el resto de las cuestiones debatidas, adhiero al voto que antecede." (nota: la jueza expone su razonamiento sobre acceso a la justicia y la tutela del trabajador y concluye proponiendo no gravar a la actora; sin embargo, el acuerdo final impone las costas).
3) Texto del dispositivo final del acuerdo: "I. Confirmar la sentencia en todo cuanto ha sido materia de agravios. II. Imponer las costas de alzada por su orden. III. Regular los honorarios en el 30% de lo que cada representación deba percibir por las tareas cumplidas en la instancia anterior."
- Disidencia relevante: la Dra. Cañal discrepó en relación con la imposición de costas a la actora, sosteniendo que, dada la complejidad y el carácter protector del trabajador, debía presumirse asistida de mejor derecho y no imponerse las costas; el Dr. Fera se adhiere a ese voto en lo que es objeto de disidencia. Pese a esa postura minoritaria, la decisión de la Cámara impuso las costas por su orden.
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