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MANCUELLO, MARCOS EZEQUIEL c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Acción por invalidez laboral derivada de accidente ocurrido el 16/9/2024 contra Swiss Medical ART S.A. por resolución administrativa que declaró ausencia de incapacidad. El Juzgado nacional revocó la disposición administrativa y declaró que el actor padece una incapacidad psicofísica parcial, permanente y definitiva del 20,53% de la T.O., condenando a la ART a abonar $26.923.218,08 más intereses y costas.

Recurso de apelacion Ley 24.557 Incapacidad laboral Comision medica Disposicion diapa-2025-10892 Indemnizacion Baremo decreto 659/96 Rvan Intereses Costas


¿Quién es el actor?

Marcos Ezequiel Mancuello.

¿A quién se demanda?

Swiss Medical Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (empleadora: La Telecristal S.A. como empleadora afiliada).
- Objeto de la demanda: Impugnación del dictamen de la Comisión Médica y de la Disposición DIAPA-2025-10892-APN-SHC10#SRT de fecha 24.4.25 que había establecido que el actor “no posee incapacidad”, reclamando la declaración judicial de incapacidad y la consecuente indemnización conforme Ley 24.557.

¿Qué se resolvió?

Se revocó la Disposición de Alcance DIAPA-2025-10892-APN-SHC10#SRT de fecha 24.4.25 y se declaró que el Sr. Marcos Ezequiel Mancuello padece, como consecuencia del siniestro del 16.9.24, una incapacidad psicofísica parcial, permanente y definitiva del 20,53% de la T.O. Se fijó el monto histórico de condena en $26.923.218,08, que devengará intereses desde la fecha del accidente, se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios.
- Fundamentos principales (textos transcritos tal como aparecen en la sentencia): 1) “En tal sentido, corresponde incrementar la incapacidad psicofísica determinada por el perito (18,5%) en 2,03% por factores de ponderación que determino en: dificultad para realizar tareas leve 10%, no amerita recalificación y edad 1%.” 2) “En definitiva, analizados todos estos elementos a la luz de la sana crítica, concluyo que el Sr. Mancuello padece como consecuencia del accidente laboral sufrido una incapacidad psicofísica parcial y permanente del 20,53% de la T.O. (incluidos factores por ponderación) y, en consecuencia, deberá ser indemnizado en los términos de la Ley 24.557. Así lo decido.” 3) “Entonces, considerando que el actor padece incapacidad psicofísica parcial y permanente del 20,53% de la T.O. ... la indemnización prevista por el art. 14 apartado 2 de la ley 24.557, asciende a la suma de $ 22.436.015,07 ... Asimismo, corresponde admitir, teniendo en cuenta la naturaleza laboral del siniestro, la indemnización prevista por el art. 3 de la Ley 26.773 que corresponde fijar en $ 4.487.203,01 (20% de $ 22.436.015,07). De esta forma, el monto total de condena asciende a la suma de $ 26.923.218,08, determinada a la fecha del siniestro.”
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el texto aportado.

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