PISANTI, DIEGO LEON c/ PREVENT SMK SA Y OTRO s/DESPIDO
Reclamó el trabajador Diego León Pisanti por despido y diversas indemnizaciones contra Prevent SMK S.A. (ex TMT Foods S.A.) y Sancor Cooperativas Unidas Limitada. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y condenó solidariamente a Sancor y Prevent a pagar $775.465,11, con intereses según lo dispuesto en grado, y ordenó la regulación originaria de costas y honorarios conforme a lo propuesto en el voto.
¿Quién es el actor?
Diego León Pisanti.
- Demandadas: Prevent SMK S.A. (ex TMT Foods S.A.) y Sancor Cooperativas Unidas Limitada.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido, diferencias salariales, indemnización por clientela (ley 14.546), indemnizaciones y sanciones previstas en leyes laborales y de trabajo no registrado (ley 24.013 y ley 25.345), entrega de certificados de trabajo y liquidaciones correspondientes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, modificó la sentencia de primera instancia y condenó solidariamente a Sancor Cooperativas Unidas Limitada y Prevent SMK S.A. a abonar a Diego León Pisanti la suma de $775.465,11, que devengará la pauta de intereses dispuesta en grado; dejó sin efecto lo dispuesto sobre costas y honorarios de primera instancia y ordenó costas y honorarios conforme lo propuesto en los capítulos XIII y XIV del primer voto del acuerdo; además dispuso las registraciones y notificaciones pertinentes. Se deja constancia de que el Dr. Alejandro Sudera no votó.
- Fundamentos principales (textuales, 2-3 párrafos relevantes):
"En tal supuesto, y cualquiera que sea el acto o estipulación que al efecto concierten, los terceros contratantes y la empresa para la cual los trabajadores presten o hayan prestado servicios responderán solidariamente de todas las obligaciones emergentes de la relación laboral y de las que se deriven del régimen de la seguridad social".
"De lo expuesto se colige que el extremo fáctico previsto en la norma del art. 29 párrafo primero surge de las declaraciones testimoniales... permiten tener por demostrado que efectivamente, más allá de la apariencia formal dada por las codemandadas, el actor se desempeñó sin solución de continuidad para Sancor desde su ingreso y lo hizo hasta el distracto, revistiendo ésta, el carácter de empleadora real utilizando en forma directa sus prestaciones, pero mediante la intermediación fraudulenta de Prevent SMK S.A. que, en apariencia, se presentó como empleadora formal (cfr. arts. 90 L.O. y 386 del C.P.C.C.N.)."
"En virtud de lo que surge del acuerdo que antecede, el TRIBUNAL RESUELVE: 1º) Modificar la sentencia de primera instancia y condenar solidariamente a Sancor Cooperativas Unidas Limitada y Prevent SMK S.A. a abonar a Diego León Pisanti la suma de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y CONCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO CON ONCE CENTAVOS ($775.465,11), que devengará la pauta de intereses dispuesta en grado; 2º) Dejar sin efecto lo dispuesto sobre costas y honorarios; 3°) Costas y honorarios conforme lo propuesto en los capítulos XIII y XIV del primer voto del presente acuerdo; 4º) Regístrese, notifíquese, cúmplase con el art. 1 de la ley 26.856 Acordadas C.S.J.N. 15/13 punto 4) y 24/13 y devuélvase."
- Disidencias/relevantes: El Dr. Gabriel de Vedia expresó una posición diferente respecto del requisito de remisión a AFIP previsto en el art. 47 ley 25.345 (entendía que la remisión de la copia era suficiente sin acreditar recepción por AFIP), pero adhirió al voto de la mayoría salvo en esa materia; además, se dejó constancia de que el Dr. Alejandro Sudera no votó.
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