Logo

DE BORJA, SILVIA CRISTINA c/ DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD Y OTRO s/DIFERENCIAS DE SALARIOS

Reclamo por readecuación y diferencias salariales contra la Dirección Nacional de Vialidad. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó las pretensiones de readecuación salarial, imponiendo costas y regulando honorarios conforme al Considerando III.

Readecuacion salarial Diferencias salariales Direccion nacional de vialidad Occovi Decreto 1020/2009 Actas paritarias Costas Honorarios perito Uma Apelacion


¿Quién es el actor?

De Borja, Silvia Cristina (y demás actores dependientes de la Dirección Nacional de Vialidad).

¿A quién se demanda?

Dirección Nacional de Vialidad y otro.
- Objeto de la demanda: Readecuación de salarios y pago de diferencias salariales devengadas, por supuesta equiparación con los haberes percibidos por trabajadores del OCCOVI tras el decreto Nº 1020/2009 y actas paritarias (años 2010).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el fallo de grado en todo cuanto fue materia de recurso y agravio; además, condenó en costas y reguló honorarios en la forma sugerida en el Considerando III.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En primer lugar, y para una mejor exposición de los hechos traídos a estudio, es dable señalar que los aquí actores –todos dependientes de la entonces Dirección Nacional de Vialidad
- inician la presente acción en la que persiguen “la Readecuación de sus salarios” y pago “de las diferencias salariales devengadas” (conf. fs. 17vta.)." "Sentado ello, inicialmente, cabe poner de relieve que –a diferencia de lo arguido por los actores y en similar sentido a la decisión de origen
- el decreto Nº 1020/2009 en ningún caso dispuso la “incorporación a su planta a los empleados que provenían de un órgano también estatal, denominado ´Organo de control de concesiones viales´ (OCCOVI)”. Ello pues, dicha norma por “razones de reordenamiento que permita concretar las metas de racionalización y eficiencia en la gestión pública” dispuso la “transferencia” de la OCCOVI al ámbito de la Dirección Nacional de Vialidad facultándose a ésta última, como “superior jerárquico” a delinear “sus objetivos y funciones”." "En consecuencia, propongo confirmar el fallo de grado en cuanto así resuelve." (Respecto de honorarios y costas, el voto contiene:) "En orden al mérito e importancia de los trabajos realizados (art. 38 de la ley 18.345, y ley Nº 27.423; arts. 6, 7, 8, 9 y conc. ley 21.839), considero que los honorarios regulados al Sr. Perito contador interviniente lucen bajos, por lo que sugiero elevarlos a 10 UMA. Con relación a las costas, aspecto que es objeto de querja por parte de la codemandada Dirección Nacional de Vialidad, ante las particularidades del caso, pudieron los actores considerarse asistidos de mejor derecho para demandar. En consecuencia, propongo confirmar el fallo de grado en este aspecto e imponer las de Alzada en el orden causado (art. 68, 2ª parte, Cód. Procesal)."
- Votos concurrentes o en disidencia: La Dra. Pinto Varela no votó por encontrarse en uso de licencia; los Dres. Guisado y Díez Selva coincidieron en confirmar la sentencia y en las pautas de costas y honorarios.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar