PASSARELLO, MARIA ELENA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora interpuso recurso de apelación contra la resolución administrativa de la Comisión Médica que negó incapacidad por accidente de trabajo. El Juzgado confirmó la decisión apelada, por no acreditarse disminución de la capacidad laborativa y por la desistida de prueba pericial determinante.
¿Quién es el actor?
PASSARELLO, MARIA ELENA.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A. (aseguradora), con empleador Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
- Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra la decisión del Servicio de Homologación/Comisión Médica N° 10 que determinó "NO POSEE INCAPACIDAD" respecto del siniestro del 10/11/2022; se reclama reconocimiento de Incapacidad Laboral Permanente y prestaciones dinerarias.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la decisión apelada en todas sus partes; se impusieron las costas a la apelante vencida y se regularon honorarios para letrados y perito.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"I.
- En primer término, señalo que la competencia de este Juzgado surge de lo normado por los arts. 1 y 2 de la ley 27.348 y por el art. 18 de la Resolución de la Superintendencia de los Riesgos del Trabajo Nro. 298/17. Del dictamen emitido por órgano administrativo, surge que la actora no posee incapacidad indemnizable."
"Sin embargo, no pudo cumplir su cometido pues, por resolución de fecha 13/08/2025 en atención a las intimaciones de fechas 20/03/2024, 28/05/2024 y 05/08/2025 y silencio guardado se hizo efectivo el apercibimiento y, consecuentemente, se tuvo a la pretensora por desistida de la prueba pericial médica que ofreciera, así como renuente respecto de la ofertada por la contraria."
"Dado que la prueba en cuestión resulta determinante para evaluar la procedencia del recurso, en ese marco, he de concluir que no se ha acreditado la disminución de la capacidad laborativa invocada al apelar y, por consiguiente, juzgo que corresponde confirmar la decisión de la instancia administrativa en todo cuanto resultó materia de recurso y agravios, circunstancia que a mi juicio torna abstracto el tratamiento de los planteos de inconstitucionalidad articulados, así como el de las demás defensas opuestas por parte de la aseguradora."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la resolución es de trámite y fallo de un/a Juez/a de primera instancia que confirma la decisión administrativa.
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