CEREBRINSKY, JONATAN c/ GALENO ART S.A. s/EJECUCION DE HONORARIOS
El Dr. Jonatan Cerebrinsky solicitó la regulación y cobro de honorarios por su actuación ante la Comisión Médica N°19 en el marco de la Ley 24.557. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó a GALENO ART S.A. a pagar $227.367 más intereses, declaró costas a cargo de la demandada y reguló honorarios de las partes en 2 y 1,5 UMAs.
¿Quién es el actor?
Dr. Jonatan Cerebrinsky, en su carácter de letrado apoderado del trabajador Kevin Alexander Camargo.
¿A quién se demanda?
Galeno ART S.A. (GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.).
- Objeto de la demanda: Regulación y cobro de honorarios profesionales por la actuación del apoderado en expediente administrativo tramitado ante la Comisión Médica N°19 (SRT), en el marco de la Ley 24.557 y complementarias (art. 1 Ley 27.348; art. 37 Res. SRT 298/17; art. 9 LCT).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a la ART demandada a abonar al actor la suma de $227.367 (a valores actuales), dentro del quinto día de quedar firme, con intereses hasta su efectiva cancelación; se declararon las costas a cargo de la demandada; se regularon además los honorarios de representación y patrocinio de las partes en 2 y 1,5 UMAs respectivamente; se otorgó la eximición de pago de tasa de justicia para este trámite.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
- "Que el presente proceso se circunscribe a la regulación y cobro de honorarios derivados de la actuación profesional desarrollada en sede administrativa ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, conforme lo previsto en el art. 1° de la Ley 27.348 y normas concordantes."
- Cita normativa relevante: "el artículo 1 de la Ley N° 27.348 4to. párrafo dispone '...Los honorarios profesionales que correspondan por patrocinio letrado y demás gastos en que incurra el trabajador a consecuencia de su participación ante las comisiones médicas estarán a cargo de la respectiva aseguradora de riesgos del trabajo (A.R.T.)'."
- Sobre la cuantificación y criterios: "Esto, sin perjuicio de lo resuelto recientemente por la Sala II de la CCAF en fecha 02/09/2025 en autos 'Colegio Público de Abogados de la Capital Federal c/E.N. s/proceso de conocimiento' Expte. n° 69.114/19. Así, a fin de establecer el quantum de la regulación pretendida, cabe abstraerse del importe reconocido en el acuerdo conciliatorio denunciado por el actor."
- Determinación concreta: "Por lo expuesto, teniendo en consideración el mérito, calidad y extensión de las labores realizadas por el Dr. Jonatan Cerebrinsky en el Expediente SRT Nº 377068/22, tramitado ante la Comisión Médica Nro. 019, corresponde regular los honorarios en la suma actual de $ 227.367.
- (PESOS DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE), fijados a la fecha del presente pronunciamiento, que se encuentran a cargo de la aseguradora (art. 1° in fine ley 27.348) Los honorarios mencionados llevarán intereses hasta su efectiva cancelación conf. Acta nº 2658 de la C.N.A.T."
- Costas y exenciones: "Las costas del presente, se declaran a cargo de la demandada vencida (cfr. art 68 CPCCN). ... Téngase por solicitada y otorgada al letrado Dr. Jonatan Cerebrinsky la eximición del pago de tasa de justicia respecto del trámite de esta regulación, en atención a lo peticionado y conforme lo previsto en el art. 55 de la Ley 27.423; en consecuencia, no se impone tasa de justicia por la presente instancia."
Disidencias: No se registran votos en disidencia en el dispositivo; la decisión corresponde al juez interviniente en primera instancia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: