Logo

MORALES, ROBERTO ANDRES c/ ASOCIART S.A ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Reclamó trabajador por prestaciones dinerarias por incapacidad permanente derivada de accidente in itinere; la jueza hizo lugar a la demanda y condenó a la A.R.T. a pagar $123.138,66 más intereses. La sentencia funda su decisión en la prueba pericial que determinó una incapacidad del 48% de la total obrera, calcula la prestación conforme al art. 14 ley 24.557 y descuenta el pago previo de $36.478,07.

Accidente in itinere Ley 24.557 Incapacidad permanente parcial A.r.t. Pericia medica Indemnizacion Intereses Costas Regulacion de honorarios Art. 14 lrt


¿Quién es el actor?

Roberto Andrés (identificado en autos como Roberto Carlos/Roberto Andrés Morales).

¿A quién se demanda?

ASOCIART S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
- Objeto de la demanda: cobro de acreencias dinerarias por incapacidad permanente parcial y prestaciones derivadas de accidente de trabajo (accidente in itinere del 07/04/2011). El actor reclama la diferencia entre la indemnización debida por incapacidad y la suma ya abonada por la A.R.T., más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se condenó a ASOCIART S.A. a pagar a ROBERTO ANDRES MORALES la suma de $123.138,66, con intereses desde el 07/07/2012 según las tasas de las Actas CNAT nros. 2601, 2630 y 2658 hasta su efectivo pago; costas a la demandada; regulación de honorarios conforme lo previsto en la parte dispositiva. (Esta solución es la contenida en el fallo transcripto.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales de los párrafos más relevantes): 1) "En suma, he de tener por acreditado que, el 07 de abril de 2011, El Sr. Morales sufrió una de las contingencias previstas en el art. 6º de la L.R.T. y que de ese evento dañoso se deriva, en forma directa, una incapacidad equivalente al 48% de la total obrera." 2) "Otorgo al dictamen referido, eficacia probatoria, atento a que se funda en principios técnicos y argumentos científicos, así como en consideraciones basadas en exámenes clínicos y complementarios realizados al accionante (art. 386 y 477 CPCCN)." 3) "De acuerdo a lo normado en el art. 14, apartado 2, inciso a), de la ley 24.557 (según texto del decreto Nro. 1694/09, vigente al momento del siniestro, en virtud de la incapacidad acreditada (48%) y de la edad del trabajador a la fecha del infortunio (32 años ...), el importe resultante asciende a la suma de $159.616,73 ... Cabe descontar la suma abonada el 26/06/2012 ($36.478,07), por lo que la presente acción habrá de prosperar por la suma de $123.138,66." 4) Sobre intereses: "corresponde entender... que en esa fecha [07/06/2012, alta médica] quedó jurídicamente consolidado el daño y que la aseguradora debió abonar la correspondiente prestación dentro del plazo de 30 días corridos... En consecuencia ... la acción ha de progresar por la suma de $123.138,66, con más los intereses desde el 07 de julio de 2012 ... Los intereses capitalizarán por única vez a la fecha de entrada en vigencia del nuevo art. 770 inc. b) (CCCN) -esto es al 01/08/2015-..."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; el dispositivo expresado es la decisión del tribunal.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar