Logo

REGULES, VICTOR SANTIAGO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Trabajador reclamó reconocimiento de incapacidad por accidentes laborales y perjuicios ante rechazo de la ART. El Juzgado hizo lugar al recurso por una incapacidad física del 4% respecto del siniestro del 08/08/2023 y condenó a PROVINCIA ART S.A. al pago de $2.362.103,42, confirmando en cambio el rechazo de la incapacidad en el expediente acumulado (06/02/2023).

Trabajo Riesgo del trabajo Incapacidad laboral Pericia medica Dnu 669/19 Ley 27.348 Indemnizacion Art Baremo decreto 659/96 Intereses


¿Quién es el actor?

REGULES, VICTOR SANTIAGO.

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
- Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra decisiones del Servicio de Homologación de la Comisión Médica Nº 10 que determinaron que el actor "NO POSEE INCAPACIDAD" por contingencias denunciadas (8/8/2023 y 6/2/2023); se reclama reconocimiento de incapacidad e indemnización conforme Ley de Riesgos del Trabajo.

¿Qué se resolvió?

El Juzgado modificó lo resuelto por la Comisión Médica Nº 10 en el expediente SRT Nº 465895/23 y hizo lugar al recurso de Regules, condenando a PROVINCIA ART S.A. a pagar $2.362.103,42 en concepto de prestación dineraria prevista por la L.R.T., imponer las costas a la demandada y regular honorarios, mientras que confirmó lo resuelto por la Comisión Médica Nº 10 en el Expte SRT Nº 18349/24. (Texto conforme a la parte resolutiva final).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): 1) "A criterio de la Suscripta, la existencia de incapacidad física acreditada por el perito médico deriva de un informe fundado, científica y objetivamente y, además, está avalada por los estudios complementarios solicitados. Corresponde en consecuencia reconocerle plena eficacia probatoria, de acuerdo con las reglas de la sana crítica (arts. 386 y 477 del C.P.C.C.N.), atendiendo a los principios técnicos en que se funda, la idoneidad y especialidad del profesional actuante." 2) "Desde tal perspectiva, encuentro dicha labor pericial suficientemente fundada, que acepto y comparto por provenir de un experto en la materia, tercero en cuanto a la cuestión debatida, que se ha sustentado en los exhaustivos exámenes practicados y en la revisación médica del accionante y la restante documentación agregada en autos. En consecuencia, analizada la prueba a la luz de la sana crítica el recurso prosperará por la incapacidad física del 4% que resulta compatible con el Baremo Dto. 659/96" 3) "Atento los guarismos instituidos por el art. 14 ap. 2, inc. “a” de la ley 24.557, la indemnización a percibir por el pretensor en función de su incapacidad física ascenderá a la suma de $ 1.968.419,52 (53 x $ 530.571,30 x 4% x 1,75 [65/37]), que supera el piso prestacional vigente a la fecha del infortunio ... A dicha suma, además, deberá adicionársele la de $ 393.683,90 conforme lo normado por el art. 3 de la Ley 26.773 en compensación por cualquier otro daño no reparado por la fórmula del párrafo anterior. Tal valor llevará intereses desde el acaecimiento del episodio súbito ... (08/08/2023) y hasta la fecha de oportuna cancelación..." 4) Sobre el planteo constitucional: "En consecuencia, concluyo en la ilegitimidad del DNU cuestionado, atento a la inexistencia de un estado de necesidad justificante que habilitara el ejercicio facultades legislativas por parte del PEN, por lo que no puede aplicarse al caso de autos por ser contrario a la Constitución."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la sentencia es de primera instancia dictada por la Jueza Gabriela S. Cruz Devoto y el fallo final está consignado en el bloque resolutivo.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar