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POMPONIO, MARISA c/ SWISS MEDICAL S.A. s/DESPIDO

La actora demandó por despido e incumplimientos salariales (SAC y haberes) reclamando liquidación por su trabajo como acompañante terapéutica. El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°65 rechazó íntegramente la demanda por falta de prueba sobre la relación laboral y condenó a la actora al pago de costas y a la regulación de honorarios.

Despido Prueba Legitimacion pasiva (objecion) Lct art. 21 Acompanante terapeutica Rechazo de demanda Costas Regulacion de honorarios Jornada domiciliaria Sac


¿Quién es el actor?

POMPONIO MARISA.

¿A quién se demanda?

SWISS MEDICAL S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido (se consideró injuriada y despedida el 28/2/18), pago de haberes adeudados (enero 2018), SAC 2017 y demás rubros consignados en la liquidación obrante a fs. 8. La actora alegó prestación como "acompañante terapéutica" en domicilio de la Sra. Blanca Susana Meghinaso, jornada de lunes a viernes 22 a 08 y remuneración de $600 diarios (o $18.000 mensuales según se expresa).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda interpuesta por POMPONIO MARISA contra SWISS MEDICAL S.A.; se impondrán las costas a la actora vencida y se regularon honorarios profesionales conforme detalle en la parte dispositiva.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia): "Al respecto -en primer lugar
- cabe puntualizar que el art. 21 de la L.C.T. dispone que 'habrá contrato de trabajo, cualquiera sea su forma o denominación, siempre que una persona física se obligue a realizar actos, ejecutar obras o prestar servicios en favor de la otra y bajo la dependencia de ésta durante un período determinado o indeterminado de tiempo mediante el pago de una remuneración'." "Al respecto, debo señalar fundamentalmente, que a lo largo de la sustanciación del proceso la actora no ha producido ninguna prueba hábil que acredite los dichos enunciados en su escrito de inicio, conforme constancias de la causa a fs. 121, fs. 124 y fs. 125 se hizo efectivo apercibimiento y se tuvo a la parte Actora por desistido de las testimoniales ofrecidas en autos; y fs. 126/17 se tuvo por desistida a las partes de la prueba ofrecida pendiente de producción. En consecuencia, no ha logrado probar la prestación básica por ella denunciada como comprometida en favor de su contraria. En función de todo lo expuesto he de rechazar íntegramente la demanda." "En resumen, la condición de trabajador se vincula con la ubicación que se posea en la estructura de una empresa y el contrato de trabajo se configura cuando una persona mediante el pago de una remuneración pone su fuerza de trabajo al servicio de la empresa de otra que organiza su prestación, aprovecha los beneficios de la labor y corre con los riesgos consiguientes."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el decisorio.

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