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CUELLAR, CELINA DE JESUS c/ DI MARTINO, JORGE LUIS s/DESPIDO

Demanda por despido y liquidación de rubros laborales; la Cámara revocó la sentencia de grado y condenó a Jorge Luis Di Martino a abonar a Celina de Jesús Cuellar $334.005,84 más actualización e intereses, dejando sin efecto el régimen de costas y honorarios de la instancia previa. La Cámara fundó la condena en la acreditación del vínculo laboral desde el 12/9/2014 hasta el 11/1/2017, la aplicación del convenio 526/2008 (categoría 4) y la determinación de la mejor remuneración en $12.500.

Despido Relacion laboral no registrada Lct Indemnizacion Diferencias salariales Actualizacion ipc Interes 3% anual Costas Honorarios Convenio 526/2008


¿Quién es el actor?

Celina de Jesús Cuellar.

¿A quién se demanda?

Jorge Luis Di Martino.
- Objeto de la demanda: Reclamación por despido, indemnizaciones y diferencias salariales, aplicación de sanciones y demás rubros laborales derivados de la relación de trabajo no registrada.

¿Qué se resolvió?

Se revocó la sentencia de primera instancia, se hizo lugar a la acción y se condenó a Jorge Luis Di Martino a abonar a Celina de Jesús Cuellar la suma de $334.005,84, más la actualización e intereses conforme los considerandos del voto principal; asimismo se dejó sin efecto el régimen de costas y honorarios regulados en la instancia previa y se dispuso el régimen de costas y honorarios de la Alzada conforme lo previsto en los considerandos del voto del Dr. Guisado.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) "Desde mi óptica, los argumentos vertidos en el memorial en estudio resultan suficientes para avanzar en una modificación de lo decidido en grado, en el sentido de que cabe tener por probada la existencia del vínculo laboral denunciado en el inicio." 2) "Corolario de todo lo expuesto, propicio concluir que entre las partes se configuró una relación de trabajo que inició el 12 de septiembre de 2014 y que finalizó el 11 de enero de 2017, cuyas características fueron las indicadas supra." 3) "En síntesis, voto por: 1) Revocar la sentencia de primera instancia, hacer lugar a la acción; y condenar a JORGE LUIS DI MARTINO para que dentro del quinto día le abone a CELINA DE JESÚS CUELLAR mediante depósito judicial en autos la suma de $ 334.005,84 (pesos trescientos treinta y cuatro mil cinco con 84/100), más la actualización e intereses determinados en el considerando respectivo; 2) Dejar sin efecto el régimen de costas y los honorarios regulados en la instancia previa; y establecer dichos aspectos en la forma indicada en los considerandos. 3) Costas y honorarios ante esta Alzada conforme lo dispuesto en los considerandos."
- Fundamentos sobre actualización e intereses (transcripción relevante): "Removido ese obstáculo, considero que la actualización del crédito mediante el índice de precios al consumidor, acompañado de una tasa de interés “pura” del 3% anual, constituye un arbitrio razonable que contempla una ponderación objetiva de la realidad económica..." "Por todo lo expuesto y considerando la fecha de ingreso del 12 de septiembre de 2014, la fecha de egreso del 11 de enero de 2017 y una remuneración de $ 12.500, la acción entablada por la Sra. CUELLAR deberá progresar por los siguientes montos..." (seguidamente se lista el cuadro con el TOTAL $ 334.005,84).
- Disidencias: no se registra voto en disidencia; el Dr. Manuel P. Díez Selva adhirió en lo principal al voto del Dr. Guisado (señaló su adhesión por economía procesal).

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