AGUILAR, GABRIEL DARIO c/ COMPUMUNDO S.A. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra Compumundo S.A. reclamando diferencias salariales e indemnizatorias. La Cámara modificó la sentencia de grado y elevó la condena a $1.209.834,67, ordenando además aumentar los honorarios del perito contador y las costas de Alzada.
¿Quién es el actor?
Gabriel Darío Aguilar.
¿A quién se demanda?
Compumundo S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido, con condena por diferencias salariales e indemnizatorias y liquidaciones relacionadas (entre otros rubros: indemnización por antigüedad, preaviso, integraciones, vacaciones, conceptos previstos en leyes 25.323 y 25.345).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia apelada elevando el monto de condena a $1.209.834,67, ordenando su pago en el plazo con más los intereses establecidos en el fallo de grado; además se elevaron los honorarios del perito contador y se impusieron costas y honorarios de Alzada según lo expuesto en los considerandos.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En definitiva, la suma diferida a condena asciende a $1.209.834,67, que deberá llevar los intereses correspondientes."
"V) Atento al alcance de las modificaciones propuestas precedentemente, considero que en el caso no resultaría aplicable la disposición establecida en el art. 279 CPCCN... Por otro lado, de conformidad con las pautas de la ley vigente al momento de la realización de las labores a cargo del perito contador, estimo que sus honorarios resultan reducidos, por lo que propongo elevarlos a 27 UMA (equivalentes a $750.168 en función del valor del UMA vigente al momento del dictado de la sentencia de la anterior instancia: $27.784, arts. 51 y 58 de la ley 27.423)."
"VI) En atención al resultado sugerido, las costas de Alzada propongo imponerlas a cargo de la parte demandada (art. 68 del CPCCN), y con arreglo a lo establecido en el art. 38 L.O. y art. 30 de la ley 27.423, corresponde fijar los honorarios de la representación letrada de la parte actora, por sus labores en esta etapa, en el 30% de aquello que le corresponde por la totalidad de lo actuado en la instancia anterior."
- Votos: El Dr. Manuel P. Díez Selva votó por la modificación y expuso las razones sobre la corrección de la base salarial, la deducción aplicable (art. 260 LCT) y la recalculación de rubros, proponiendo además elevar los honorarios del perito y las costas; el Dr. Héctor C. Guisado adhirió al voto del preopinante. No hubo disidencia relevante en la decisión final.
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