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VERGARA, CLAUDIO RAUL c/ RR DONNELLEY ARGENTINA S.A. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra RR Donnelley Argentina S.A. reclamando indemnizaciones laborales. La Cámara modificó la sentencia de grado y redujo la condena a $207.710,77 más intereses, impuso las costas en el orden causado y confirmó las regulaciones de honorarios fijando para la alzada el 30% de lo regulado en la instancia previa.

Despido Indemnizaciones Quiebra Lct art. 245 Remuneracion en especie Medicina prepaga Preaviso Costas Honorarios Apelacion


¿Quién es el actor?

Vergara, Claudio Raúl.

¿A quién se demanda?

RR Donnelley Argentina S.A. (empresa actualmente fallida / sindicatura).
- Objeto de la demanda: reclamo por despido (indemnizaciones laborales: antigüedad, días trabajados, SAC proporcional, vacaciones proporcionales, bono proporcional, etc.).

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, modificó la sentencia de grado y redujo el monto de la condena a la suma de $207.710,77 más los intereses establecidos en primera instancia; impuso las costas de ambas instancias en el orden causado; y confirmó las regulaciones de honorarios, regularizando las tareas de segunda instancia en el 30% de lo que cada representación percibió en la instancia previa.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): Voto del Dr. Alejandro H. Perugini (voto mayoritario que integra la decisión): "Consecuente con ello, descartado cualquier otro modo de finalización del vínculo que no haya sido la propia quiebra ... he de propiciar la confirmación de lo decidido en orden a la procedencia de la indemnización prevista en el art. 245 de la LCT ... A mérito de las modificaciones de la sentencia que propongo y lo dispuesto en el art. 279 del CPCCN, sugiero imponer las costas de ambas instancias en el orden causado dado los vencimientos recíprocos, mantener los porcentajes de los honorarios regulados ... y regular los honorarios de alzada en el 30% de lo que cada representación deba percibir por las tareas cumplidas en la instancia previa." (voto, párrafos finales). Cálculo y monto propuesto por Perugini: "corresponderá percibir al accionante: 1) $ 125.326 por indemnización por antigüedad; 2) $ 22.976,43 por días trabajados del mes del despido; 3) $ 7.136,61 por SAC proporcional 2do semestre de 2014; 4) $ 22.175,73 por vacaciones proporcionales 2014 mas SAC; 5) $ 30.096 por bono proporcional ... lo cual hace un total de $ 207.710,77 mas los intereses establecidos en la sentencia de grado, no apelados." Voto en disidencia de la Dra. Diana R. Cañal (señalada como disidencia): la vocal cuestionó la liquidación propuesta por la mayoría y propuso elevar el monto de condena. Entre sus fundamentos y liquidación alternativa, transcribo los pasajes relevantes: "Por tanto, considero que debe adicionarse los montos referidos por uso del vehículo, cochera, y teléfono celular. ... La base de cálculo adoptada será: $ 87.953 ($ 62.663, y $ 5.590 que llegan firmes; con más $ 19.500 por automóvil y cochera; y $ 200 por uso de celular). ... TOTAL: $ 578.580,37 ... Por ello, propicio elevar el monto de condena a $ 578.580,37 (quinientos setenta y ocho mil quinientos ochenta pesos con treinta y siete centavos), el cual será abonado con los accesorios que se disponen a continuación." (voto discrepante, destacados). Señalamiento de la mayoría sobre motifs probatorios y doctrina: el voto mayoritario consideró que la relación laboral estaba acreditada y que el vínculo finalizó por la quiebra, y rechazó la aplicabilidad de ciertas pretensiones o su cuantificación cuando no fueron probadas o excedían el planteo inicial ("no existe prueba alguna que demuestre que el actor percibiera el bono anual ...", "no existe prueba alguna que demuestre que el trabajador hubiera gozado del uso de un vehículo y/o de un teléfono celular", etc.), justificando la reducción a $207.710,77.
- Disidencia relevante: la Dra. Cañal votó por confirmar la inclusión de automotor, cochera y teléfono como rubros remuneratorios (valorando $18.500 mensuales por auto, $1.000 por cochera y $200 por celular) y por elevar la condena a $578.580,37; ese voto quedó en disidencia y no integra la decisión de la Cámara.

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