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AGOSTINI, SERGIO HUGO c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó reparación por incapacidad derivada de presuntas enfermedades profesionales (lumbalgia, cervicalgia, hipoacusia y daño psicológico). El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº67 hizo lugar a la demanda y condenó a Experta ART S.A. a pagar $1.688.637,05 más los incrementos e intereses pertinentes, imponiéndole asimismo las costas y regulando honorarios.

Accidente-ley especial Incapacidad Hipoacusia Lumbalgia Pericia medica Art Ley 27.348 Ripte Intereses Costas


¿Quién es el actor?

Sergio Hugo Agostini.

¿A quién se demanda?

Experta Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
- Objeto de la demanda: cobro de la reparación por incapacidad por enfermedades profesionales (cervicobraquialgia, lumbociatalgia, hipoacusia perceptiva bilateral y daño psicológico) y la consecuente indemnización conforme ley de riesgos del trabajo.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se condenó a EXPERTA ART S.A. a pagar a AGOSTINI la suma de $1.688.637,05, con más intereses desde la fecha de interposición de la demanda (17/12/2018), se impusieron las costas a la demandada y se regularon los honorarios de los letrados y del perito.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): "En primer lugar, considero prudente determinar si existe un daño resarcible. En ese orden de ideas destaco que el perito médico informa que el actor presenta una incapacidad del 31,29% de la T.O. por dolencias lumbar, auditiva y psicológica." "Explica el perito que Agostini presenta cervicobraquialgia (4,9%) y lumbociatalgia (4,9%) con disminución de la movilidad así como hipoacusia bilateral inducida por el ruido (9,23%); respecto de su psiquis, padece R.V.A.N. (3,5%) más la incidencia de los factores de ponderación: dificultad para realizar tareas habituales, amerita recalificación y edad." "Por lo tanto, el examen y valoración de los dichos de los testigos, conforme a la sana crítica (art.386, CPCCN), compañeros de trabajo del actor durante casi treinta años, corroboran las características de las tareas cumplidas con los hechos expuestos en la demanda y su incidencia nociva en los segmentos lumbar, cervical y auditivo, por lo que les otorgaré plena eficacia probatoria y convictiva." "En conclusión, la incapacidad será establecida en el orden del 29,16% de la T.O. (31,29% de un total de 93,20%)." Sobre la cuantificación: "De acuerdo con las pautas fijadas por la ley 27.348 ... se actualizará por RIPTE la base de los salarios ... lo que arroja un IBM de $71.441,16. Por aplicación de fórmula de rigor ... se llega a la suma total de $1.407.197,54. La misma supera el mínimo establecido por SRT... En atención a lo dispuesto por el art. 3º de la ley 26773, corresponde adicionar a la suma que antecede el incremento del 20% ($281.439,51), por lo que la demanda prosperará por la suma de $1.688.637,05." Sobre intereses: "el monto por el que prospera la acción devengará intereses desde la fecha de la interposición de demanda (17/12/2018) y hasta la fecha de la liquidación, según la tasa de interés fijada por el apartado 2 del artículo 12 de la ley 24557 modificada por la ley 27438."
- Votos en disidencia: no registran disidencias en el decisorio.

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