CUSQUISIBAN ZORRILLA, EDITH LETICIA c/ MUNRO FIDEOS Y RAVIOLES S.A. Y OTROS s/DESPIDO
La actora demandó por despido, horas extras e indemnizaciones, incluyendo reclamos fundados en la ley 24.013. La Cámara modificó la sentencia de grado: elevó la condena total a $505.060,78, fijó la condena a los codemandados Leonardo Javier Domínguez y Pablo Ariel Domínguez en $204.749,79 y confirmó todo lo demás impugnado, con costas y honorarios según el considerando VII.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Cusquisibán Zorrilla, Edith Leticia (trabajadora).
Demandado: Munro Fideos y Ravioles S.A. y otros (entre ellos Tutto Pasta S.A.; codemandados personas físicas: Leonardo Javier Domínguez, Pablo Ariel Domínguez, Marisol Doello, Alicia Josefina Laucella, Alfredo Domínguez).
Objeto: acción por despido, pago de horas extras, diferencias salariales, indemnizaciones y sanciones previstas en la ley 24.013 (arts. 10 y 15) y otros rubros indemnizatorios; además se cuestiona la extensión de la responsabilidad a codemandados.
Decisión: Se hizo lugar al recurso de apelación en los términos expuestos y se modificó la sentencia apelada elevando el monto de condena a $505.060,78; se fijó la suma de la condena a los codemandados Leonardo Javier Domínguez y Pablo Ariel Domínguez en $204.749,79; se confirmó todo lo demás que fue motivo de recurso y agravios; se impusieron costas y honorarios conforme al considerando VII.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En razón de lo expuesto, sugiero revocar la decisión de grado y tener por cumplida la formalidad que dispone la norma. En consecuencia, corresponde hacer lugar a las indemnizaciones reclamadas con sustento en los artículos 10 y 15 de la ley 24.013 (fs. 14 vta.), y revocar la multa dispuesta en el fallo de grado -pág. 10
- del art. 1° de la ley 25.323, aplicada en forma subsidiaria."
"Analizados los testimonios propuestos por la parte actora, en cantidad y calidad -conforme las reglas de la sana crítica-, tendré por acreditada la jornada de trabajo denunciada al demandar, pues todos los testigos, en definitiva, declararon que la actora trabajaba más allá de las 48 horas semanales, habiéndose demostrado el trabajo en forma extraordinaria."
"Sentado lo expuesto, si multiplicamos el monto mensual devengado por horas extras ($900) por la cantidad de meses reclamados en el período indicado (24 meses, ver fs. 15), se arriba a un total por dicho rubro de $93.744."
"Así, los rubros y montos a considerar serían los siguientes: ... 8-art. 10 ley 24.013: $100.194,79; 9-art. 15 ley 24.013: $104.555; ... 11-horas extras: $ 93.744. TOTAL: $505.060,78."
"Conforme lo dispuesto respecto de la condena a abonar los agravamientos indemnizatorios de los arts. 10 y 15 LE, corresponde elevar el monto de condena a Leonardo Javier Domínguez y a Pablo Ariel Domínguez a la suma de $204.749,79 ($100.194,79 + $104.555), de acuerdo a la responsabilidad establecida en cabeza de ambos codemandados en grado."
- Disidencias relevantes: no se registran votos en disidencia; ambos vocales (Díez Selva y Guisado) adhieren al resultado.
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