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MASTROIANNI, ARIEL HERNAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamó el actor indemnización por incapacidad derivada de un accidente laboral en la estación Constitución. La Cámara modificó la sentencia de grado, elevó el capital de condena a $11.927.168,86 y ajustó la actualización monetaria, intereses y regulación de honorarios conforme se dispone en el voto mayoritario.

Riesgos del trabajo Indemnizacion Actualizacion monetaria Intereses I.b.m. Ripte Honorarios Costas Ley 26.773 Decreto 669/19


¿Quién es el actor?

Mastroianni, Ariel Hernán.

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por indemnización por incapacidad laboral derivada de un accidente ocurrido el 19 de julio de 2021 (lesión por introducir el pie en un pozo con agua) y sus accesorios (actualización, intereses, honorarios).

¿Qué se resolvió?

Se modificó el decisorio de origen elevando el capital de condena a $11.927.168,86; se modificó la sentencia de primera instancia respecto de la actualización monetaria y los intereses conforme lo dispuesto en el voto; se dejó sin efecto lo decidido sobre honorarios en origen para determinarlos en esta Sede; se regularon honorarios por el trabajo desarrollado en primera instancia (18%, 16% y 8% para las representaciones letradas y perito) y ante esta Sede (30% sobre lo que finalmente les corresponda); se impusieron las costas originadas ante esta Sede a cargo de la parte demandada; y se dieron instrucciones sobre notificaciones conforme Ley 26.685 y acordadas CSJN.
- Fundamentos principales (textos transcritos): "En consecuencia, en atención a un I.B.M. de $1.286.877,62 y el resto de las pautas determinadas en la sede de grado para calcular la prestación dineraria del art. 14 inc. 2 ap. a) de la L.R.T., la indemnización debida como consecuencia del infortunio que nos ocupa, asciende a $9.939.307,39 (Pesos nueve millones novecientos treinta y nueve mil trescientos siete con treinta y nueve centavos)
- $1.286.877,62 x 10,56% x 53 x 65/47-. Dicho valor resulta inferior al piso mínimo establecido a esa época que resulta ser de $3.052.535,16... de modo que corresponde elevarlo a dicho valor." "A dicha suma corresponde adicionarle la indemnización fundada en el artículo 2° de la Ley 26.773 (20%) que da la suma de $1.987.861,47 (Pesos un millón novecientos ochenta y siete mil ochocientos sesenta y uno con cuarenta y siete centavos) por lo que el nuevo capital de condena asciende a la suma de $11.927.168,86 (Pesos once millones novecientos veintisiete mil ciento sesenta y ocho con ochenta y seis centavos), que desde la fecha del recurso ley 27.348 y hasta la efectiva cancelación, devengará intereses conforme el promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a TREINTA (30) días del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, acumulándose los intereses al capital en forma semestral..." "En el caso concreto, el propio régimen tarifado, contiene un régimen específico en materia de intereses, al que -es criterio de este Tribunal
- deben ajustarse los accesorios, ello en consonancia con las modificaciones introducidas en el dec. 669/19 al art. 12 de la L.R.T.... Sentado ello, desde la fecha del accidente (19 de Julio de 2021) y hasta la fecha del recurso ley 27.348 (11 de Junio de 2024) oportunidad en que la Aseguradora debió haber puesto a disposición la indemnización correspondiente, el monto del ingreso base devengará un interés equivalente a la tasa de variación de las Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) en el período considerado."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia; el Dr. Pompa expone el voto principal y el Dr. Fera adhiere.

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