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VILLALBA, SERGIO MARTIN c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Reclamó laboralmente por accidente de trabajo y perjuicios derivados de esguince y secuelas en tobillo izquierdo. La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y condenó a Swiss Medical ART S.A. a pagar $378.078 más intereses desde el accidente, imponiendo costas y regulando honorarios.

Accidente de trabajo Ley 24.557 Art Incapacidad parcial y permanente 21 2% Pericia medica Intereses desde el accidente Actualizacion Condena $378.078 Costas a la demandada Honorarios profesionales

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Sergio Martin Villalba (actor). Demandado: Swiss Medical ART S.A. (ART/aseguradora). Objeto: indemnización por accidente de trabajo (esguince de tobillo izquierdo con secuelas ligamentarias y perjuicio psíquico), reconocimiento de incapacidad parcial y permanente y pago de la prestación dineraria prevista en art. 14 inc. 2 a) de la ley 24.557, más intereses y actualización. Decisión: Se revocó la sentencia de primera instancia y se hizo lugar a la demanda; se condenó a Swiss Medical ART S.A. a abonar al actor la suma de $378.078 dentro de los cinco días de aprobada la liquidación del artículo 132 L.O., con más los intereses desde el accidente; se impusieron las costas a la demandada vencida y se regularon honorarios según lo dispuesto en el dispositivo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes y citas textuales): 1) Sobre la aceptación tácita del siniestro y la conducta de la ART: "De lo que se colige que no solamente invoca erróneamente una empresa que no es la empleadora del actor, por lo que el rechazo resulta infundado, sino que también al contestar demanda, reconoce el contrato de afiliación con la empleadora del actor, pero invocando una causal expresamente prohibida por la ley, esto es, que el actor no se encuentra en la nómina. Por lo tanto, la demandada no demostró haber cumplido con la normativa en cuestión, lo que implica que el siniestro quedó aceptado." 2) Sobre la prueba pericial y el grado de incapacidad: "el experto luego de analizar las constancias de autos y el examen físico y estudios complementarios señaló que el actor presenta : '…un cuadro secuelar a un esguince de tobillo izq con lesión ligamentaria con cambios de señal, con signos compatibles de fibrosis con disrupción del haz ligamentario peroneoastragalino anterior de probable origen traumatico ,que le genera al actor una incapacidad física del,,,,,, 11,2%, con factores de ponderación incluidos ... A su vez, consideró que el cuadro psíquico ... presenta una reacción vivencial anormal neurótica grado II( RVAN ll ) con cuadro ansioso-depresivo , que corresponde al ….10% de la incapacidad psíquica (Parcial y Permanente). ... concluyó que el actor padece una incapacidad psicofísica parcial y permanente que asciende al 21,2 % de la T.O. con factores de ponderación incluido, acorde al Baremo del Decreto 659/96.'" 3) Sobre monto y accesorios: "Así, la prestación dineraria asciende a la suma de $ 315.065,02 ... Asimismo, entiendo que debe considerarse el adicional del art. 3 de la Ley 26.773 que en el caso asciende a $ 63.013. En consecuencia, la acción prosperará por la suma de $ 378.078 que deberá ser depositada en autos dentro del quinto día de haber quedado firme la liquidación del artículo 132 de la L.O." Además, el Tribunal dispone que la condena lleve "más los intereses desde el accidente y conforme lo establecido en los considerandos."
- Disidencias relevantes: No consta voto en disidencia; el Dr. Perugini adhirió al voto de la Dra. Cañal y el acuerdo plasmó la revocación y condena indicada.

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