Logo

TOLEDO, GERMAN BONIFACIO c/ ARVIA, ALEJANDRO Y OTROS s/DESPIDO

Reclamó el actor reconocimiento de vínculo laboral y registro; la Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la acción por insuficiencia probatoria y confirmó la imposición de costas de alzada y honorarios.

Despido Relacion de dependencia Prueba testimonial Testis unus testis nullus Art. 23 lct Costas Honorarios de alzada Confirmacion Apelacion Carga de la prueba


¿Quién es el actor?

Toledo, Germán Bonifacio (parte actora).

¿A quién se demanda?

Arvia, Alejandro y otros (persona humana demandada).
- Objeto de la demanda: Reclamación por despido/ reconocimiento de relación de dependencia no registrada y sus consecuencias laborales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de grado en lo objeto de los recursos y agravios y ordenó costas y honorarios de Alzada conforme al considerando V. del voto mayoritario.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): "Hago esta afirmación pues, ante la cerrada negativa ensayada por la demandada en su responde y en función de lo dispuesto por el art. 377 del CPCCN, lo cierto es que recaía en la parte actora la carga de demostrar la prestación de tareas a favor de aquélla, a fin de que pudiese entrar a jugar la presunción contenida en el art. 23 LCT. Pero, desde mi punto de vista, la prueba rendida en autos resultó insuficiente." "Como lógico corolario de lo antedicho, es que comparto la valoración efectuada en grado de la prueba testimonial rendida en la causa a instancias de la parte actora, y opino, también, que de la aislada declaración de Ayala ... en modo alguno puedo extraer conclusiones que me lleven a tener por demostrado que el actor trabajó en relación de dependencia para la persona humana demandada, sin estar debidamente registrado." "Cabe memorar que si bien la tradicional regla del derecho romano antiguo “testis unnus, testis nullus” ha sido superada por el moderno derecho procesal, el testimonio único, para poder ser la fuente de convicción que dé sustento exclusivo a una decisión judicial condenatoria dentro del sistema evaluación según las reglas de la sana crítica, no debe presentar contradicciones ni inconsistencias, ni el contenido de sus dichos denotar la intención de favorecer o perjudicar injustificadamente a alguna de las partes, a la par que deben verse respaldados por otras pruebas." "V) La costas de Alzada se imponen a cargo del vencido (art. 68 del CPCCN) fijando los honorarios de la representación y patrocinio letrado de las partes, por sus trabajos en esta etapa, en el 30% de las sumas que deban percibir por los de primera instancia, teniendo en cuenta la importancia y extensión de las labores profesionales (arts. 38 LO y 30 de la ley 27.423)."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; el voto del Dr. Manuel P. Diez Selva adhirió al de la Dra. Pinto Varela.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar