PEREZ, LUCIA VALERIA c/ SWISS MEDICAL ART SA s/OTROS RECLAMOS
Regulación de honorarios por actuación ante la Comisión Médica: se hizo lugar y la ART fue condenada a pagar $227.367. La jueza ordenó además costas a la demandada, fijó honorarios de representación en 2 y 1,5 UMAs y concedió la eximición de tasa de justicia.
¿Quién es el actor?
Dra. Lucia Valeria Pérez, en su carácter de letrada patrocinante (actora).
¿A quién se demanda?
SWISS MEDICAL ART S.A.
- Objeto de la demanda: Regulación y cobro de honorarios profesionales por la actuación profesional en el expediente administrativo tramitado ante la Comisión Médica N° 10 (SRT), en el marco de la Ley 24.557 y modificatorias, con fundamento en art. 1 Ley 27.348, art. 37 Resol. SRT 298/17 y art. 9 LCT.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a SWISS MEDICAL ART S.A. a abonar a la actora, dentro del quinto día de quedar firme el pronunciamiento, la suma de $227.367 (a valores actuales), con intereses hasta su efectiva cancelación; se declararon las costas a cargo de la demandada; se regularon los honorarios de la representación y patrocinio letrado en 2 y 1,5 UMAs, respectivamente; se concedió la eximición de pago de tasa de justicia para este trámite; y se dejó expresa la posibilidad de adicionar el IVA en caso de corresponder.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"Que el presente proceso se circunscribe a la regulación y cobro de honorarios derivados de la actuación profesional desarrollada en sede administrativa ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, conforme lo previsto en el art. 1° de la Ley 27.348 y normas concordantes."
"Por lo expuesto, teniendo en consideración el mérito, calidad y extensión de las labores realizadas por la Dra. Lucia Valeria Pérez en el Expediente SRT Nº 385976/24, tramitado ante la Comisión Médica Nro. 010, corresponde regular los honorarios en la suma actual de $ 227.367.
- (PESOS DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE), fijados a la fecha del presente pronunciamiento, que se encuentran a cargo de la aseguradora (art. 1° in fine ley 27.348) Los honorarios mencionados llevarán intereses hasta su efectiva cancelación conf. Acta nº 2658 de la C.N.A.T."
"Las costas del presente, se declaran a cargo de la demandada vencida (cfr. art 68 CPCCN). Los honorarios correspondientes a la representación y patrocinio letrado de la parte actora y demandada, teniendo en cuenta lo normado por los arts. 19, 20, 21 y cc de la ley 27.423 y art. 1255 CC los fijo en 2 y 1,5 UMAs, respectivamente."
"Por lo discurrido y citas legales vertidas, FALLO: 1) Hacer lugar a la demanda ... 2) Declarar las costas a cargo de la demandada ... 3) Regular los honorarios ... en 2 y 1,5 UMAs, respectivamente. ... 3) Téngase por solicitada y otorgada a la letrada Dra. Lucia Valeria Pérez la eximición del pago de tasa de justicia respecto del trámite de esta regulación..."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución fue dictada por la jueza de primera instancia.
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