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FALCON, JONATAN HERNAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El trabajador apeló los dictámenes de la Comisión Médica que fijaron una incapacidad del 1,16% por el accidente del 25.6.23 y la inexistencia de incapacidad por la enfermedad del 16.9.20. El Juzgado de Primera Instancia confirmó ambas disposiciones de la SRT, sostuvo que el actor no acreditó incapacidades superiores y dispuso costas y regulación de honorarios.

Riesgos del trabajo Incapacidad Comision medica Pericia medica Desistimiento de prueba Costas Honorarios Accidente laboral 25.6.2023 Enfermedad covid 16.9.2020 Srt


¿Quién es el actor?

JONATAN HERNAN FALCON.

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ART S.A. (afiliada del GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES).
- Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra las Disposiciones de Alcance Particular DIAPA-2024-10838 (16.4.24) y DIAPA-2024-14637 (23.5.24) dictadas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo que aprobaron dictámenes de la Comisión Médica N°10 sobre incapacidad laboral. El actor impugna la determinación de incapacidad del 1,16% por accidente del 25.6.23 y sostiene incapacidad por la enfermedad del 16.9.20.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la Disposición DIAPA-2024-10838/16.4.24 y se estableció que el actor padece una incapacidad del 1,16% T.O. por el accidente del 25.6.23; asimismo se confirmó la Disposición DIAPA-2024-14637/23.5.24 y se estableció que el actor no padece incapacidad respecto de la contingencia del 16.9.20. Se impusieron las costas por su orden y comunes por mitades y se regularon honorarios (actor: 7 UMA; demandada: 9 UMA; perito: 4 UMA).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Ahora bien, de las constancias de autos no surgen acreditados los extremos fácticos denunciados por el accionante respecto a las dolencias que dice tener, es decir, no se probó la incapacidad psicofísica que alega padecer como consecuencia del accidente y de la enfermedad profesional denunciada." "En tal sentido, destaco que no se produjo prueba que acredite las patologías e incapacidades alegadas, toda vez que el actor no cumplió con la producción de la pericial médica, pese a haber sido emplazado (ver intimación de fecha 13.10.25), no cumplió con tal requerimiento y se lo tuvo por desistido de la prueba pericial médica ofrecida y renuente en la ofrecida por la accionada (ver resolución de fecha 20.10.25), sin que el interesado haya aportado alguna explicación atendible tendiente a justificar su incumplimiento e inactividad desde septiembre del 2024." "Todo lo hasta aquí expresado, me lleva a concluir que el accionante no ha demostrado que en la actualidad padezca las secuelas físicas y/o psicológicas derivadas de la enfermedad profesional, como así tampoco probó tener una incapacidad superior a la determinada por la Comisión Médica respecto del accidente laboral de fecha 25.6.23 (art. 386 y 477 CPCCN)." Además, el tribunal expresó como conclusión de aplicación de la sana crítica: "corresponde confirmar la Disposición de Alcance Particular DIAPA-2024-10838-APN-SHC10#SRT ... y establecer que el trabajador posee una incapacidad física del 1,16% T.O. ... Asimismo, corresponde confirmar la Disposición ... DIAPA-2024-14637-APN-SHC10#SRT ... y establecer que el actor 'no posee incapacidad' respecto de la contingencia de fecha 16.9.20."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el decisorio.

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