FALCON, JONATAN HERNAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El trabajador apeló los dictámenes de la Comisión Médica que fijaron una incapacidad del 1,16% por el accidente del 25.6.23 y la inexistencia de incapacidad por la enfermedad del 16.9.20. El Juzgado de Primera Instancia confirmó ambas disposiciones de la SRT, sostuvo que el actor no acreditó incapacidades superiores y dispuso costas y regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
JONATAN HERNAN FALCON.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A. (afiliada del GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES).
- Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra las Disposiciones de Alcance Particular DIAPA-2024-10838 (16.4.24) y DIAPA-2024-14637 (23.5.24) dictadas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo que aprobaron dictámenes de la Comisión Médica N°10 sobre incapacidad laboral. El actor impugna la determinación de incapacidad del 1,16% por accidente del 25.6.23 y sostiene incapacidad por la enfermedad del 16.9.20.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la Disposición DIAPA-2024-10838/16.4.24 y se estableció que el actor padece una incapacidad del 1,16% T.O. por el accidente del 25.6.23; asimismo se confirmó la Disposición DIAPA-2024-14637/23.5.24 y se estableció que el actor no padece incapacidad respecto de la contingencia del 16.9.20. Se impusieron las costas por su orden y comunes por mitades y se regularon honorarios (actor: 7 UMA; demandada: 9 UMA; perito: 4 UMA).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Ahora bien, de las constancias de autos no surgen acreditados los extremos fácticos denunciados por el accionante respecto a las dolencias que dice tener, es decir, no se probó la incapacidad psicofísica que alega padecer como consecuencia del accidente y de la enfermedad profesional denunciada."
"En tal sentido, destaco que no se produjo prueba que acredite las patologías e incapacidades alegadas, toda vez que el actor no cumplió con la producción de la pericial médica, pese a haber sido emplazado (ver intimación de fecha 13.10.25), no cumplió con tal requerimiento y se lo tuvo por desistido de la prueba pericial médica ofrecida y renuente en la ofrecida por la accionada (ver resolución de fecha 20.10.25), sin que el interesado haya aportado alguna explicación atendible tendiente a justificar su incumplimiento e inactividad desde septiembre del 2024."
"Todo lo hasta aquí expresado, me lleva a concluir que el accionante no ha demostrado que en la actualidad padezca las secuelas físicas y/o psicológicas derivadas de la enfermedad profesional, como así tampoco probó tener una incapacidad superior a la determinada por la Comisión Médica respecto del accidente laboral de fecha 25.6.23 (art. 386 y 477 CPCCN)."
Además, el tribunal expresó como conclusión de aplicación de la sana crítica: "corresponde confirmar la Disposición de Alcance Particular DIAPA-2024-10838-APN-SHC10#SRT ... y establecer que el trabajador posee una incapacidad física del 1,16% T.O. ... Asimismo, corresponde confirmar la Disposición ... DIAPA-2024-14637-APN-SHC10#SRT ... y establecer que el actor 'no posee incapacidad' respecto de la contingencia de fecha 16.9.20."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el decisorio.
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