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GONZALEZ, OSVALDO GUSTAVO c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Recurso de ley 27.348 contra liquidación por accidente de trabajo para determinar incapacidad y monto indemnizatorio. La Cámara modificó la sentencia y fijó el capital de condena en $901.452,36, disponiendo su actualización y la imposición de costas y estipendios conforme a los considerandos.

Recurso ley 27348 Accidente de trabajo Incapacidad Ingreso base de calculo (ibm) Ripte Decreto 669/2019 Intereses Estipendios Costas Actualizacion de condena


¿Quién es el actor?

González Osvaldo Gustavo.

¿A quién se demanda?

ASOCIART ART S.A.
- Objeto de la demanda: Recurso por accidente de trabajo (recurso ley 27.348) impugnando la determinación de incapacidad y la liquidación indemnizatoria (Ingreso Base de Cálculo
- IBM), intereses, y regulación de honorarios/estipendios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia apelada y estableció el capital de condena en $901.452,36, que devengará intereses según la metodología indicada en el fallo; además condenó en costas de alzada e impuso los estipendios de ambas instancias conforme a los considerandos VII y VIII.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "En síntesis, el capital de condena asciende a $901.452,36, con más sus intereses." (considerando IV) "En efecto, toda vez que el art. 12, apartado 1, del nuevo texto de la ley 24.557, modificado por la ley 27.348 establece que: '…1º A los fines del cálculo del valor del ingreso base se considerará el promedio mensual de todos los salarios devengados —de conformidad con lo establecido por el artículo 1° del Convenio N° 95 de la OIT— por el trabajador durante el año anterior a la primera manifestación invalidante, ... Los salarios mensuales tomados a fin de establecer el promedio se actualizarán mes a mes aplicándose la variación del índice RIPTE ... 2º Desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el momento de la liquidación de la indemnización ... el monto del ingreso base devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina…', corresponde hacer lugar al agravio." (considerando IV) "Consecuentemente y en el entendimiento de que la aplicación de un ajuste por RIPTE (hasta la fecha de determinación del crédito) más un interés capitalizable posterior (a partir de la mora) resulta adecuado para preservar los valores reconocidos en la sentencia, ... propongo que: a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación a practicarse en la etapa del art. 132 de la L.O mediante el índice RIPTE b) en caso de incumplimiento de la aseguradora a la orden de pago, se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral ... c) el ajuste previsto en el decreto 669/19 será realizado sin consideración a la reglamentación contenida en la Resolución 1039." (considerando VI) "VII) Ante el nuevo resultado del litigio ... corresponde dejar sin efecto las regulaciones de honorarios practicadas en la instancia anterior y proceder a su determinación en forma originaria. ... propongo regular los estipendios ... en las respectivas sumas de $5.399.786,85 (72,25 UMAs), $4.625.398,81 (62,18 UMAs) y $1.115.640 (15 UMAs) valores actualizados a la fecha del dictado de la sentencia recurrida ..." (considerando VII)
- Disidencia: No existe voto en disidencia relevante; la Dra. Pinto Varela adhiere al voto propuesto y se incorpora al acuerdo.

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