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BARROZO, BRAIAN NAHUEL c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Se apeló la imposición de costas y la regulación de honorarios de la perito en un proceso por recurso Ley 27348. La Cámara confirmó la imposición de costas, redujo los honorarios de la perito a 1 UMA (equivalente a $77.229) y resolvió sin costas de alzada.

Recurso de apelacion Costas Honorarios periciales Reduccion de honorarios Uma Ley 26.685 Art. 68 c.p.c.c.n. Perito medico Sala ix Derecho del trabajo


¿Quién es el actor?

Barrozo, Braian Nahuel (actor recurrente según carátula).

¿A quién se demanda?

Experta ART S.A.
- Objeto de la demanda: Recurso por Ley 27348 contra la resolución que impuso costas y reguló honorarios de la perito médica.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la imposición de costas efectuada en fecha 12-3-24; redujo los honorarios regulados a la perito médica conforme al considerando III (fijándolos en 1 UMA, $77.229); dispuso que no haya costas de alzada; y ordenó hacer saber a las partes y peritos la vigencia de la Ley 26.685 y los acordadas de la CSJN citados.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "I) La parte demandada apela en fecha 12-3-24 la imposición de costas de fecha 12-3-24, como así también los honorarios regulados a la perito médica en la misma fecha por considerarlos elevados. ... La perito médica en fecha 20-3-24 apela por considerar reducidos los estipendios regulados en fecha 12-3-24." "II) En tal sentido, tengo en cuenta que medió oposición en fecha 12-3-24 de la imposición de costas en el orden causado por parte de la demandada, y que considerando lo normado por el art. 68 del C.P.C.C.N. primer párrafo, que consagra el principio rector en materia de costas, el cual encuentra su razón de ser en el hecho objetivo de la derrota, por cuanto quien resulta vencido debe cargar -en principio
- con los gastos que debió realizar su contraria para obtener el reconocimiento de su derecho, correspondería a la parte vencida en el juicio -actora
- pagar todos los gastos de la contraria -demandada-." "Por ello, considero que la Sra. Jueza 'a quo', en línea con lo fallado en la Sentencia de fecha 12-3-24, en la cual se confirmó la resolución de la Comisión Médica n° 10 y se desestimó el recurso de apelación interpuesto por el actor, al determinar que las costas se impusieran en el orden causado, con excepción de las de la perito médica, que se imponen a la demandada, ha resuelto ajustado a derecho." "III) ... los honorarios regulados a la perito médica lucen elevados, razón por la cual corresponde que sean reducidos a 1 UMA, que a la fecha del presente pronunciamiento representan la cantidad de $ 77.229 (PESOS SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE)." "IV) Que, en atención a la naturaleza de la cuestión planteada, la forma en que se resuelve, y la ausencia de réplica y sustanciación, la presente se dicta sin costas de la alzada."
- Disidencia: No se registran votos en disidencia; el Dr. Mario S. Fera adhirió al voto que antecede.

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